Dossier
water and landscape
AGUA y TERRITORIO
State and great property throughout Franco´s colonization and Plan Badajoz
Sergio Riesco Roche
Universidad Complutense de Madrid
Madrid, España
sriesc01@ucm.es
ORCID: 0000-0003-1429-8111
Francisco Rodríguez Jiménez
Universidad de Extremadura
Badajoz, España
fjrodriguez@unex.es
ORCID: 0000-0002-0430-375X
Información del artículo
Recibido: 18/04/2024
Revisado: 18/10/2024
Aceptado: 06/11/2024
Online: 30/06/2026
Publicado: 10/07/2026
ISSN 2340-8472
ISSNe 2340-7743
CC-BY
© Universidad de Jaén (España)
RESUMEN
Se analiza el Plan Badajoz, un proyecto de puesta en riego de más de 100.000 ha en el Suroeste de la península Ibérica. Se estudia la interacción entre el Estado, los grandes propietarios y el papel secundario de las familias colonas. Anunciado como un gran proyecto de reforma social, es un ejemplo de cómo la modernización agraria en España condujo por un camino diferente dichas medidas. A través de fuentes primarias y con la literatura disponible, se observa la disminución de la superficie asignada a colonos renunciando al carácter social del Plan. Un caso más de cómo la política agraria del régimen de Franco se fue adecuando a las exigencias de los propietarios para que se vincularan a las necesidades productivas del país. El agua es un elemento central en todo este entramado, puesto que la puesta en riego reorientó el modelo tradicional de explotación agraria de Extremadura.
PALABRAS CLAVE: Reforma Agraria, Colonización, Propiedad de la tierra, Regadío, Grupos dominantes.
ABSTRACT
The Plan Badajoz, a project to irrigate more than 100,000 ha in the southwest of the Iberian Peninsula, is analysed. The interaction between the state, the large landowners and the secondary role of the settler families is studied. Heralded as a major social reform project, it is an example of how agrarian modernisation in Spain took a different path. Through primary sources and the available literature, it is possible to observe the decrease in the area allocated to colonists, renouncing the social character of the Plan. This is yet another case of how the Franco regime's agrarian policy was adapted to the demands of the landowners to be linked to the productive needs of the country. Water is a central element in this whole framework, since the introduction of irrigation reoriented the traditional model of agricultural exploitation in Extremadura.
KEYWORDS: Agrarian reform, Colonization, Land ownership, Irrigation, Dominant groups.
O Estado e a grande propriedade através da colonização franquista e do Plano Badajoz
RESUMO
O Plano Badajoz, um projeto para irrigar mais de 100.000 ha no sudoeste da Península Ibérica, é analisado. Estuda-se a interação entre o Estado, os grandes proprietários de terras e o papel secundário das famílias de colonos. Apresentado como um grande projeto de reforma social, constitui um exemplo de como a modernização agrária em Espanha seguiu um caminho diferente. Através de fontes primárias e da literatura disponível, é possível observar a diminuição da área atribuída aos colonos, renunciando-se ao caráter social do Plano. Trata-se de mais um caso de como a política agrária do regime franquista foi adaptada às exigências dos proprietários para ser articulada com as necessidades produtivas do país. A água é um elemento central em todo este enquadramento, uma vez que a introdução da rega reorientou o modelo tradicional de exploração agrícola na Extremadura.
PALAVRAS-CHAVE: Reforma agrária, Colonização, Propriedade da terra, Rega, Grupos dominantes.
L'État et les grandes propriétés à travers la colonisation franquista et le Plan Badajoz
RÉSUMÉ
Le Plan Badajoz, un projet d'irrigation de plus de 100.000 ha dans le sud-ouest de la péninsule ibérique, est analysé. L'interaction entre l'État, les grands propriétaires terriens et le rôle secondaire des familles de colons est étudiée. Annoncé comme un projet majeur de réforme sociale, il est un exemple de la manière dont la modernisation agraire en Espagne a pris un chemin différent. Grâce aux sources primaires et à la littérature disponible, il est possible d'observer la diminution de la superficie allouée aux colons, renonçant ainsi au caractère social du plan. Il s'agit là d'un autre exemple de la manière dont la politique agraire du régime franquiste s'est adaptée aux exigences des propriétaires terriens afin d'être liée aux besoins productifs du pays. L'eau est un élément central dans ce cadre, puisque l'introduction de l'irrigation a réorienté le modèle traditionnel d'exploitation agricole en Estrémadure.
MOTS-CLÉS : Réforme agraire, Colonisation, Propriété foncière, Irrigation, Groupes dominants.
Lo Stato e la grande proprietà attraverso la colonizzazione franchista e il Piano Badajoz
SOMMARIO
Viene analizzato il Plan Badajoz, un progetto di irrigazione di oltre 100.000 ettari nel sud-ovest della penisola iberica. Viene studiata l'interazione tra lo Stato, i grandi proprietari terrieri e il ruolo secondario delle famiglie di coloni. Annunciato come un importante progetto di riforma sociale, è un esempio di come la modernizzazione agraria in Spagna abbia preso una strada diversa. Attraverso le fonti primarie e la letteratura disponibile, è possibile osservare la diminuzione della superficie assegnata ai coloni, rinunciando al carattere sociale del Piano. Questo è un altro caso di come la politica agraria del regime franchista si adattò alle richieste dei proprietari terrieri di essere legata alle esigenze produttive del Paese. L'acqua è un elemento centrale in questo quadro, poiché l'introduzione dell'irrigazione riorientò il modello tradizionale di sfruttamento agricolo in Estremadura.
PAROLE CHIAVE: Riforma agraria, Colonizzazione, Proprietà fondiaria, Irrigazione, Gruppi dominanti.
Hoy en día, España cuenta con 16,8 millones de hectáreas cultivadas. De ellas, 3,8 millones, cerca de un 23 %, se cultivan en regadío. La región de Extremadura (Figura 1), en el suroeste de la península Ibérica es la quinta comunidad autónoma del Estado español por superficie de cultivo, con 1,1 millones de hectáreas. De ellas, 290.586 —un 27,60 %— son de regadío, siendo la sexta comunidad por porcentaje de hectáreas regadas. De ellas la proporción porcentual es de 60 (Badajoz) y 40 (Cáceres)1. Pero esto no fue siempre así. Esta región ha sufrido tres grandes transformaciones ecológicas: la formación del ecosistema dehesa (en el siglo XVIII); la extensión del sistema agroganadero en secano (1860-1960) y el regadío como elemento de transformación estructural (desde 1960 hasta la actualidad)2. La zona ya contaba con numerosos estudios desde finales del siglo XIX y principios del siglo XX que valoraban la regulación del río Guadiana y la calidad edafológica de sus vegas, así como sus potencialidades de cara a la agricultura en regadío. En aquel momento, el primer tercio del siglo XX, poco más de 12.000 hectáreas se regaban en Extremadura, apenas el 1 % de las regadas por aquel entonces en toda España3. A mediados del siglo XX, en 1955, esta región del Suroeste de España contaba apenas con un 2,6 % de la superficie regada en España, con poco más de 44.000 hectáreas cultivadas bajo esta modalidad4. Tras la guerra civil, la representatividad de esta modalidad de cultivo era prácticamente insignificante.
Figura 1. Situación de Extremadura

Fuente: Digital Extremadura (16/09/2024).
El Estado ha tenido un peso preponderante en esta multiplicación exponencial de la superficie regable de la región, gracias a dos grandes planes de colonización, el Plan Badajoz (1952) y el Plan Cáceres (1955). El verbo “colonizar” tiene un significado polisémico. Aquí se usa el de “fijar en un terreno la morada de sus cultivadores”. El régimen de Franco canceló el término “reforma agraria” y lo sustituyó por el de “colonización” tratando de suprimir su carga ideológica y vincularlo a los proyectos ilustrados del reinado de Carlos III retomando “una vieja tradición”5. El término se recuperó en la ley de Colonización y Repoblación Interior de 1907 que constituyó un enorme fracaso6. El término fue utilizado tanto por el Portugal del Estado Novo como en la Bonifica italiana en pleno apogeo del Estado fascista7. El objetivo era la transformación de miles de hectáreas de secano en regadío tratando de dar una solución estructural a los problemas agrarios de los países de la Europa del Sur8. En el caso español, este proyecto debía beneficiar a miles de familias que serían asentadas en las nuevas tierras regadas y que serían seleccionadas tanto desde la experiencia como de la lealtad al régimen en un perfil muy definido y vinculado a los valores de la “esencia española” como parte de un discurso agrarista muy presente en todo el proceso9. Todo ello ha generado cierto debate en la historiografía en torno al balance de la colonización10. Reconociendo el papel de agente modernizador ejercido por las familias colonas, consideramos que sobre todo sirvió para perpetuar e incluso mejorar antiguos derechos de propiedad.
En este debate, llama la atención la extraordinaria buena salud de la que goza el mito del dictador como impulsor de pantanos, dentro de lo que autores como Swyngedow han denominado “a sociotechnically engineered hydro-social process”11. A pesar de que ya desde el final de la dictadura contamos con estudios críticos sobre lo que ocultaban todas estas construcciones, casi 50 años después esa imagen positiva nos muestra lo bien construido del relato12. La política de obras públicas de la dictadura se enmarca en la modernización autoritaria del país desde la década de 195013. El régimen trató de dar una apariencia técnica “apolítica” a sus medidas de reforma14. El Plan Badajoz (Figura 2), articulado en torno a una red de riegos en el tramo medio del río Guadiana, quizá constituya uno de los mejores ejemplos de esta labor. Trataremos de mostrar la densidad de las “redes de intereses” y cómo bajo la apariencia de un beneficio social (la instalación de colonos), realmente se reforzó no ya la “estabilidad del latifundismo”, sino la modernización de unas explotaciones orientadas a una agricultura capitalista, poniéndolas en riego a un precio irrisorio y aumentando de forma exponencial su productividad15.
Figura 2. Mapa del Plan Badajoz (1959)

Para ello, además de la literatura existente, utilizamos datos tanto de los anuarios estadísticos, las actas de la Comisión Gestora del Plan Badajoz, pero la fuente principal son los proyectos del archivo del ministerio ubicado en el Centro Nacional de Capacitación Agraria (San Fernando de Henares, Madrid). En sus naves se encuentran, desde hace más de 30 años, los fondos generados por las instituciones dependientes del ministerio de Agricultura a lo largo del siglo XX.
La metodología aplicada consiste, pues, en cruzar la literatura existente, la legislación y las grandes cifras, con la letra pequeña de los proyectos y su aplicación real. El artículo comienza por una aproximación a los potenciales hidráulicos de Extremadura a lo largo del siglo XX, para luego centrarse en los aspectos centrales del Plan Badajoz y analizar el papel desempeñado por algunos de sus principales actores: el Estado (y sus técnicos) y los grandes propietarios, tratando de concluir con los efectos de las interacciones entre ellos.
Los primeros planes hidráulicos se vinculan al regeneracionismo de finales del siglo XIX y a la figura de Joaquín Costa16. En 1899, los ingenieros de Obras Públicas daban a conocer el Avance de un plan general de pantanos y canales de riego acompañado de una propuesta de tres canales para regar las vegas del Guadiana17. En 1902 el gobierno de José Canalejas publica el Plan General de Canales de Riego y Pantanos, siendo ministro del ramo Rafael Gasset. Aparece por primera vez el lugar clave para el futuro del abastecimiento de agua, riego y electricidad para la provincia de Badajoz: el portillo del Cíjara:
“30. Canal del Guadiana, en el Portillo de Cíjara, y pantano de Cíjara. — Para dar riego á 120.000 hectáreas en términos de ambas márgenes del Guadiana, desde Castilblanco hasta Mérida, de la provincia de Badajoz; derivado el canal del río Guadiana, en el portillo de Cíjara, donde se implanta también el pantano”18
El Plan Gasset actúa como hoja de ruta en materia de riegos19. Muchos de aquellos proyectos se han convertido en realidad más de un siglo después. Sin embargo, los comienzos no fueron fáciles20. En 1911 se promulgó la Ley de Grandes Regadíos que no pasaba de ser un texto tan bienintencionado como carente de recursos económicos21.
Habrá que esperar a la década de 1930, para que se promulguen la Ley de Obras de Puesta en Riego (1932) y el Plan Nacional de Obras Hidráulicas (1933), siendo ministro Indalecio Prieto e ideólogo de estas obras el ingeniero Manuel Lorenzo Pardo22. En él encontramos la guía a los siguientes pasos:
“El objetivo esencial de la cuenca se concentra en estos embalses y en los riegos que de él puedan derivarse, riegos cuya justificación puede estar en la excelente calidad de las tierras que han de recibirlos y en la inadecuada distribución natural de las aguas aprovechables, ya que su cuantía es suficiente”23
Ese potencial convertía al embalse del Cíjara en la clave para poner en regadío la cuenca del Guadiana. Se cuantificaba en un máximo de 216.000 hectáreas de regadío. Se puso en marcha el organismo Obras y Servicios del Cíjara en 193324. Las obras se retomaron ya en la década de 1940 bajo el programa marco del Plan General de Obras Públicas (1940) y que afectaban a 73.500 hectáreas (Tabla 1). Esta zona representaría un 8,2 % del total de hectáreas potencialmente regables en todo el territorio español25. La presa del Cíjara (Figura 3) se finalizó en 1956.
Tabla 1. Hectáreas potencialmente regables en el tramo medio del río Guadiana según el Plan de Obras Públicas de 1940
Comarca |
Margen del río Guadiana |
Zona/Canal |
Hectáreas |
Vegas Bajas |
Margen derecha |
Canal de Montijo |
25.000 |
Margen izquierda |
Canal de Lobón |
8.500 |
|
Total Vegas Bajas |
33.500 |
||
Vegas Altas |
Margen derecha |
Canal de Orellana |
40.000 |
(Canal del Zújar-Alange-Olivenza) |
No previstas |
||
Total general |
73.500 |
Fuente: elaboración propia a partir de Plan de Obras Públicas 1940, 158.
Figura 3. Presa de Cíjara (Cáceres)

Fuente: iAgua (25/03/2024)
En septiembre de 1951 la Presidencia del Gobierno nombra una Comisión Mixta que delinea las trazas fundamentales del futuro Plan Badajoz, delimitando de forma algo más precisa las zonas regables en torno a las 100.000 hectáreas26 (Tabla 2).
Tabla 2. Hectáreas por transformar en el área de Plan Badajoz según el informe de la Comisión Técnica Mixta (1951)
Comarca |
Zona regable |
Hectáreas por transformar |
Vegas Bajas |
Montijo I |
15.000 |
Montijo II |
10.000 |
|
Lobón |
11.000 |
|
Total Vegas Bajas |
36.000 |
|
Vegas Altas |
Orellana |
52.500 |
Zújar |
11.500 |
|
Total Vegas Altas |
64.000 |
|
Total Plan Badajoz |
100.000 |
Fuente: Elaboración propia a partir de Presidencia del Gobierno, 1952.
Extremadura fue la región de España donde más se profundizó en la reforma agraria republicana tal y como demuestran diversos estudios27. Desde el golpe de Estado y posterior guerra civil, se buscó “restablecer el orden perdido”28. Se eliminó cualquier enfoque social y buscando una ruptura entre la vinculación de reforma agraria/puesta en riego, se recupera como referencia el concepto de colonización29. La política agraria franquista se centró en una “colonización de secano” en la que nada se avanzó entre la hambruna y la autarquía. En diciembre de 1939 se publicaba la Ley de Bases de Colonización de Grandes Zonas Regables, un texto que, como ha señalado Barciela fue “un fracaso sin paliativos” y “plena del radicalismo verbal falangista que sembró temores entre los grandes terratenientes”30. El supuesto objetivo de la ley era “transformar extensiones amplísimas mediante grandes y complejas obras, provocando cambios económicos y sociales profundos en las regiones afectadas”31. La ley de 1939 preveía la creación de unas sociedades de colonización privadas que debían complementar la acción del Estado y de las cuales no tenemos rastro alguno32. En el verano de 1942 el INC decretó la compra de fincas ofrecidas voluntariamente. El efecto que creó fue una más que notable oleada de ventas por parte de los propietarios. Entre 1939 y 1951, el INC adquirió 165.000 hectáreas mediante esa legislación por un valor de 400 millones de pesetas33.
Tras el final de la II Guerra Mundial, la legislación en materia de colonización se retomó. En 1946 se publicaba la ley sobre Expropiación Forzosa de Fincas Rústicas y en 1949 la ley de Grandes Zonas Regables de 1949. Ese mismo año se aprobó, un texto “motivado directamente por la situación extremeña” y que fue “prólogo del Plan Badajoz”34. ¿Y cuál era esa situación? En medio de la represión y de la recomposición del orden agrario previo a la guerra civil, el hambre y la mortalidad estaban muy presentes35. El hambre era tal en Extremadura que algunas medidas que habían sido contumazmente rechazadas por la patronal agraria durante la década de 1930 se llegaron a declarar como obligatorias. Es el caso de las escardas y reespigueos, formas de volver a “peinar” terrenos ya recolectados por si se lograba recuperar algún fruto más36.
Franco visita Extremadura en 1945 reconociendo que había llegado a la provincia con el “más hondo problema social”. Ya lo había hecho en 1941 sin que aquello sirviera para paliar el hambre. Tras esta segunda visita, el gobernador civil de la provincia, el coronel Joaquín López Tienda tuvo que elaborar el Plan de Ordenación Económico y Social de la Provincia de Badajoz. Sus seis tomos, exclusivamente informativos, se pueden resumir en el reconocimiento explícito por parte de la dictadura de lo desastrosa que era la situación: “más de 90.000 familias campesinas de Badajoz no saben hoy lo que será de ellas mañana”, a las que habría que añadir las 58.600 de la provincia de Cáceres en análoga situación37. En el año 1952 se aprobaba el Plan Badajoz. Desde el final de la guerra civil habían pasado trece años; once desde la primera visita de Franco a Extremadura; siete desde la segunda y cuatro años desde el diagnóstico del Plan de Ordenación Económico-Social de aquellas 90.000 familias en el umbral de la pobreza.
El Plan de Ordenación de 1948 establecía las directrices para lograr la mejora económica de la provincia. Una de las propuestas señalaba que ningún propietario debía conservar en las zonas transformadas más de 50 hectáreas. Se trataba de eliminar los grandes latifundios en regadío y a cambio crear una provincia en la que predominaran los pequeños y medianos propietarios, utilizando la puesta en riego como una herramienta imprescindible para la modernización. Como veremos, la interacción entre los colectivos implicados acabará muy lejos de esa “unidad tipo máxima”.
La Ley de Bases de Colonización de Grandes Zonas Regables de 1939 no había tenido recorrido legislativo más allá de llevar a cabo la “declaración de alto interés nacional”, lo que en modo alguno significaba una puesta en riego inmediata. A lo largo de la década de 1940 se produjo dicha “declaración de interés nacional” para las cuatro grandes áreas de lo que luego sería el Plan Badajoz: Montijo y Lobón (Vegas Bajas) y Orellana y Zújar (Vegas Altas). La Tabla 3 ofrece información de los canales que se iban a construir.
Tabla 3. Canales asociados al desarrollo del Plan Badajoz a través de la Cuenca del Guadiana
Canal |
Longitud (Km.) |
Zonas abastecidas |
Orellana |
112,78 |
Vegas Altas |
Zújar |
95,291 |
Vegas Altas |
Montijo |
62,85 |
Vegas Bajas |
Lobón |
47,83 |
Vegas Bajas |
Fuente: Sánchez, 2015, 233.
A la altura de 1950, sólo se habían producido algunos avances en la zona de Montijo (Figura 4), la cual debía servir de proyecto piloto.
Figura 4. Cultivos en los nuevos regadíos de Guadiana del Caudillo. Zona de Montijo (Badajoz)

Fuente: Fotografías del Plan Badajoz, 1952. Biblioteca Digital Hispánica GC-Caja/71/13.
Aquí la obra fundamental era el canal 4402, de 62 kilómetros de longitud que debía servir, en la margen derecha del río Guadiana, para regar buena parte de la comarca de las Vegas Bajas. La obra del canal, al igual que las de la presa de Cíjara, habían comenzado durante la II República. Las obras se reanudaron en 1941 mediante el trabajo forzado de presos de la dictadura franquista bajo la modalidad de colonias penitenciarias militarizadas38.
“La transformación en regadío de las 15.500 ha que comprende la zona, iniciará en la provincia esta revolución, dando fin al paro, no sólo de los yunteros por su acomodo como colonos, sin también del simple obrero, primero en las obras de transformación, después en las industrias que se establezcan. Lógica consecuencia será la elevación del nivel de vida, por la instalación cómoda e higiénica en los nuevos poblados de las familias agricultoras; la mayor disponibilidad de numerario por los más elevados beneficios que el regadío proporciona, la perfección de las comunicaciones; la existencia de servicios sanitarios y de enseñanza adecuados, en una palabra, todo el bienestar social que el aumento de riqueza determina”39.
Los técnicos y burócratas del INC se habían pasado la década de 1940 esperando a que los propietarios privados en los núcleos de colonización tomaran la iniciativa aprovechando el marco legal de la declaración de alto interés nacional40. Los pasos a seguir para poner en marcha la “empresa colonizadora” debían ser: definición precisa de colonización de una zona regable; obligatoriedad de concretar todos los proyectos, obras y trabajos necesarios en un “Plan General de Colonización”, coordinación de todas las tareas concernientes a las diversas técnicas y a distintos departamentos ministeriales dentro de un plan de obras; parcelación técnica de las zonas para que las distintas unidades pudieran quedar encuadradas dentro del enrejado que formen las redes de acequias, desagües y caminos y distribución justa de las plusvalías anejas a la implantación del regadío41.
El impulso a la obra colonizadora vino de la mano de la citada Ley de Colonización y Distribución de la Propiedad en las Zonas Regables (1949), la cual recogía esos pasos posteriores a la declaración de alto interés nacional. La zona de Montijo tiene especial importancia puesto que su proyecto general de colonización se aprobaba en 1950, convirtiéndose en el “modelo experimental de la colonización agraria en España”42. Además, determinaba los nuevos núcleos de población, hacía un cálculo de los colonos que se podrían asentar y fijaba las normas por las que se creaba una comisión técnica mixta para monitorizar el cumplimiento del proyecto.
Antes de los acuerdos con Estados Unidos de 1953, ya algunos ingenieros agrónomos habían visitado el Midwest americano. Destaca la figura de Ángel Martínez Borque, quien, fruto de un viaje de esta naturaleza publicó un informe que sería crucial43. De allí se trajo la taxonomía de tierras en las que se dividiría un área incursa en un proyecto general de colonización: tierras exceptuadas por no ser útiles para la puesta en riego; reservas, para los propietarios de terrenos en dichas zonas y tierras en exceso. Sobre estas últimas se debía realizar una parcelación y posterior adjudicación a las familias colonas44. El concepto de tierras en “reserva” fue la llave que permitió cerrar la puerta de los recelos de los grandes propietarios hacia la puesta en regadío.
La sistematización de las declaraciones de alto interés nacional de las vegas del Guadiana se produjo a partir de septiembre de 1951. En aquel año, se nombra una comisión mixta por parte de la presidencia del Gobierno que culminará con la publicación de la Ley de 7 de abril de 1952 sobre el Plan de Obras, Colonización, Industrialización y Electrificación de la provincia de Badajoz. A través de la publicidad institucional, se pueden conocer bien las acciones a las que aspiraba el Plan Badajoz:
1) Regulación del Guadiana mediante la construcción de 5 presas con una capacidad total de embalse de 4 millones de m3 de agua.
2) Transformación en regadío de 129.549 ha. por la construcción de 454 km de grandes canales y 4.984 de acequias.
3) Colonización de las zonas transformadas con asentamientos en ellas de unos 9.000 colonos dotados de vivienda y parcela de 4 a 5 hectáreas.
4) Repoblación forestal de 50.000 ha en la zona de los embalses.
5) Adaptación de las comunicaciones a las nuevas necesidades de transporte.
6) Industrialización de los productos de los nuevos regadíos y de los recursos naturales de la provincia.
7) Electrificación por aprovechamiento hidráulico de los saltos de agua de las presas de regulación y tendido de la red de transporte y distribución complementaria45.
La Ley de Colonización (1949) señalaba en su artículo 9º la posibilidad de los propietarios de “acogerse o no a los beneficios de reserva de superficie” que pudieran corresponderles. En su artículo 10º se establecía que “será primordialmente tenida en cuenta la necesidad de instalar el mayor número posible de colonos, armonizando la consecución de este objetivo con los legítimos intereses de la propiedad privada”. Todo ello debía quedar fijado mediante un decreto de “aprobación definitiva del plan” (artículo 6º) “al efecto de determinar en cada caso la superficie que pueda ser reservada en la zona a los propietarios, cultivadores directos de tierra que expresamente lo solicitan”46.
El decreto que aprobaba el Plan General de Colonización (en adelante, PGC) de Montijo se publicó a principios de 1950. Aquí ya se obvia lo que se había indicado en el Plan de Ordenación Económico-Social de 1948, donde se señalaba la conveniencia de no permitir propiedades superiores a las 50 hectáreas. El PGC de Montijo fijaba “la unidad superior de reserva” en una extensión entre las 120-125 ha47. A pesar de ello, los propietarios no parecían ver las ventajas inherentes de la puesta en riego de sus tierras48. A lo largo de la década de 1950 cada vez se fue dando más prioridad a las reservas de tierras para los propietarios y menos a la distribución entre familias de colonos tal y como se había publicitado desde la lejana visita de Franco a la provincia en el año 1945.
Resulta esclarecedor el testimonio del ingeniero Ángel Maqueda Valbuena, quien había participado en la colonización de las Vegas Bajas del Guadiana49. De las tierras que se denominan “dominadas”, es decir, que pasan de la situación de secano a regadío independientemente de la propiedad, sólo un 31 % habían sido declaradas “en exceso” y de ellas sólo habían sido adquiridas por el INC un 25 % para instalar a familias colonas. Entonces, las tres cuartas partes restantes habían quedado mayoritariamente en manos de propietarios privados o del INC. Maqueda se centra en el ejemplo de Montijo. En el primer tramo se daban tres posibilidades de reservas: a las fincas mayores de 25 hectáreas, correspondía la reserva de una quinta parte si superaban las 125 hectáreas; fincas de 4 a 25 hectáreas, reserva ni inferior a 4 ni superior a 5 y fincas menores de 4 hectáreas, quedaban reservadas en su totalidad. La ley de 1949 facultaba la incorporación de cláusulas específicas para cada zona de colonización, como así fue. Ya desde el principio se establecía la primera posibilidad, inspirada en garantizar el no-fraccionamiento, referida a que se podrían reservar cuatro hectáreas más por cada hijo de reservista. Conviene recordar que el PGC del primer tramo del canal de Montijo tiene fecha de diciembre de 1949, muy en la línea de la ley de 1949. En 1953 se publicaban el del segundo tramo del canal de Montijo y el de Lobón, completando el mapa de regadíos de las Vegas Bajas. Aquí ya si se poseían hasta 20 hectáreas se reservaban íntegras; entre 20 y 100, reserva de 20 y en fincas mayores de 100 hectáreas, reserva de la quinta parte, sin pasarse de las 125 y se continuaba lo de la “reserva por hijos” pero aumentada hasta las 20 hectáreas50. Según los cálculos de Maqueda, en el primer tramo del canal de Montijo se expropió un 42 % del total de tierras, un porcentaje que fue descendiendo hasta un 33 % en Lobón y en el segundo tramo del canal de Montijo. Los cálculos de Baigorri en 1978, aún más extremos, llevan hasta el 73 % el conjunto de tierras puestas en riego que retuvieron los reservistas.
Estos decretos con el resto de planes generales de colonización adscritos al Plan Badajoz fueron aprobados a lo largo de la década de 1950. Rafael Cavestany de Anduaga fue ministro de agricultura entre 1951 y 1957 y con él se produjo un giro en la en las políticas agrarias del ministerio51. Si bien se encuentra con que la mayor parte de los planes ya estaban en marcha, no se había concretado la cantidad de tierra reservable. En 1957 declaraba que “la lesión que los propietarios que cultivan directamente la tierra experimentan en sus intereses con la expropiación es prácticamente nula, pues sólo se les priva de una parte de sus tierras, cuyo valor en secano se les satisface, y además se les reserva y transforma en regadío el resto”52.
Quizá la mejor prueba de que Cavestany y su equipo convencieran a los propietarios la encontramos entre los partícipes del Plan Badajoz. Recogido en el libro Historia y evolución de la colonización agraria en España53, un capataz relataba que los recelos de los terratenientes hacia los planes de colonización “desaparecieron pronto en cuanto vieron la rentabilidad con mano de obra”, para añadir que “es opinión generalizada entre los colonos e incluso los capataces que a los terratenientes se les quitó la peor tierra que tenían y la mejor se la pusieron en riego”, una muestra de los factores ambientales de la colonización54.
En julio de 1958 se publicó una nueva ley sobre colonización y distribución de la propiedad de dichas zonas55. En ella se trata la cuestión de las reservas. En su parte expositiva, dicho texto aceptaba que “el esfuerzo y la iniciativa privada no son suficientes para llevar a efecto el fin perseguido por la colonización” al tiempo que recordaba “la necesidad de instalar en éstos el mayor número posible de colonos”. De forma implícita, la dictadura estaba reconociendo el hecho de que se iba perdiendo el supuesto espíritu reformista de proyectos como el Plan Badajoz. Según Liceras, los propios ingenieros agrónomos que trabajaban en el INC preferían la “solución propietario”56 o en palabras de Leopoldo Ridruejo Ruiz-Zorrilla, un prestigioso de aquellos agrónomos y presidente de su Asociación corporativa “El Estado debería considerarse dichoso si pudiera hacer la transformación [en regadío] a base de propietarios”57. Como colofón a este proceso de olvido del colono, el informe del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento de 1962 cuestionaba el elevado coste de los planes de colonización y animaba a la dictadura franquista a “renunciar a lo social”58. Los porcentajes de tierras reservadas de la Tabla 4 son bastante elocuentes al respecto, manteniéndose en altos niveles durante todo el período.
Tabla 4. Principales parámetros de transformación de superficies en la Cuenca Hidrográfica del Guadiana por quinquenios (1945-1980)
Quinquenio |
Dominada |
Regable % |
Exceso % |
Reserva % |
Exceptuada % |
1945/1950 |
15.023 |
99,5 |
53,9 |
45,7 |
4,7 |
1951/1955 |
98.757 |
88,2 |
51,5 |
44,8 |
15,2 |
1956/1960 |
45.981 |
93,0 |
35,1 |
45,4 |
10,6 |
1961/1965 |
14.347 |
82,1 |
85,2 |
42,3 |
8,7 |
1966/1970 |
2.024 |
79,0 |
73,7 |
33,2 |
19,5 |
1971/1975 |
5.104 |
74,4 |
- |
100 |
- |
1976/1980 |
9.990 |
88,3 |
29,2 |
68,5 |
12,5 |
Total |
191.136 |
89,3 |
47,8 |
48,0 |
11,2 |
Fuente: Villanueva; Leal, 1991, 315 y elaboración propia de porcentajes (en exceso, reserva y exceptuada sobre el total de la regable).
Las formas de ir aminorando las tierras en exceso que podían ser asignadas a familias colonas fueron diversas y acompañaron este proceso a lo largo de toda la década de 1950. La ley de 1949 incluía un término que fue ganando terreno a medida que se decretaban los PGC de cada zona. Así, la llamada “reserva especial” se refería a aquellas tierras por las cuales, si el propietario demostraba que había comenzado algún tipo de obra de transformación para su correspondiente puesta en riego, se le podían agregar a las que ya de por sí podía reservar. El problema era que no se ponía límite alguno a esas “reservas especiales”, provocando una “fuga de fincas”59. Aquí entra en juego la cuestión de que entre la declaración de una zona como de “interés nacional” y la consumación de los planes generales de colonización pasaban entre 7 y 9 años. De esta manera, se podían poner en marcha medidas que amortiguaran una potencial expropiación.
Existían también otras formas de aumentar las reservas tras la transformación. Por ejemplo, mediante el aumento de la intensidad de cultivo en algunos supuestos que recogía el artículo 27 de la ley de 1949. Incluso, ante la falta de culminación del catastro, los aparceros podían argüir que eran asalariados60. Al practicar el cultivo directo, eso permitiría aumentar las reservas. También, como ha demostrado Alares para la provincia de Teruel, se puso a nombre de familiares y otros aparceros determinadas partes de las fincas para, fragmentando la propiedad, conseguir retener mayores reservas61.
Este hecho ha sido reconocido por diversos autores: así, algunos han llamado la atención sobre el contraste entre “la explotación de colonos”, de cuatro a cinco hectáreas y las de los reservistas que llegan a alcanzar hasta las “500 hectáreas regables”62. Los autores de Historia y Evolución de la Colonización Agraria en España, una obra impulsada desde las instituciones públicas ya en democracia, señalaban que “los principales beneficiados han sido los propietarios de unos terrenos a los que se ha dotado de capital fijo muy importante (infraestructuras hidráulicas y viarias principales) y de una mano de obra próxima a sus explotaciones”63.
Disponemos de los datos elaborados por Ortega en 1979 a los que añadimos algunas matizaciones al acercarnos a las fuentes primarias del archivo INC/IRYDA (Tabla 5 y Tabla 6). De los planes generales de colonización y los proyectos de parcelación realmente ejecutados, es visible una progresiva reducción de las tierras en exceso respecto a las tierras en reserva. Así, mientras en toda la zona de Montijo fueron declaradas en exceso un 56,5 % de las tierras transformadas, en la de Lobón —realizada posteriormente en las Vegas Altas—, la relación ya había cambiado y mientras el 57 % se reservaron para los propietarios, tan sólo un 43 % fueron declaradas en exceso. En el caso de la zona del canal de Orellana, dando por buenos los datos de Ortega —nosotros pensamos que el área transformada pudo ser bastante mayor—, ni una tercera parte de las tierras “dominadas” sirvieron para ser adjudicadas a familias colonas.
Tabla 5. Superficie transformada, reservada, en exceso y porcentaje de hectáreas para potencial reparto a familias colonas del Plan Badajoz por zonas (1952-1975)
Zona del PB |
Ha. Transformadas |
En reserva |
En exceso |
Ha. Potencialmente asignables a colonos |
% de asignables sobre exceso |
% Asignables sobre total transformadas. |
1er tramo Canal de Montijo |
15.625 |
6.719 |
8.906 |
7.443 |
83,5 |
47,6 |
2º tramo Canal de Montijo |
9.275 |
3.384 |
5.253 |
4.779 |
90,9 |
51,5 |
Totales Montijo |
24.900 |
10.103 |
14.159 |
12.222 |
86,3 |
49,0 |
Lobón |
9.765 |
4.990 |
3.739 |
n. d. |
n. d. |
n. d. |
Orellana |
96.734 |
77.300 |
19.434 |
16.469 |
84,7 |
17,0 |
Total64 |
131.399 |
92.393 |
37.332 |
28.691 |
Media: 85,5 |
33,0 |
Fuente: Elaboración propia a partir de Planes Generales de Colonización y Proyectos de Parcelación de las zonas del canal de Montijo, Orellana, Lobón. Archivo IRYDA 251210/2276, 251230/5089, 251240/3824.
Tabla 6. Distribución de superficies, colonos y obreros agrícolas en las zonas transformadas en regadío de la provincia de Badajoz mediante la actuación directa del INC-IRYDA hasta el 31 de diciembre de 1975
Zona del Plan Badajoz |
A) Superficie transformada (hectáreas) |
Superficie adquirida por INC/IRYDA (hectáreas) |
B) Superficie adjudicada a colonos (hectáreas) |
B/A % |
Colonos instalados en regadío |
Obreros agrícolas |
Zona de Montijo |
26.192 |
11.064 |
10.800 |
41,2 |
1.850 |
483 |
Lobón |
11.075 |
3.451 |
2.507 |
22,6 |
293 |
148 |
Orellana |
55.987 |
19.434 |
16.469 |
29,4 |
2.170 |
567 |
Pequeños regadíos |
3.422 |
2.356 |
2.356 |
68,8 |
496 |
254 |
Fuera de zona |
30 |
30 |
30 |
100 |
7 |
- |
Total Badajoz |
96.706 |
36.335 |
32.162 |
33,2 |
4.816 |
1.452 |
Fuente: Ortega, 1979, 232.
La declaración de tierras “en exceso” no significaba una asignación automática de las parcelas a las familias colonas. De hecho, las tierras exceptuadas, es decir, aquellas que no servían para la puesta en riego por motivos técnicos, orográficos o porque ya lo estuvieran, se detraían de las tierras en exceso. Así en el primer tramo del canal de Montijo, se redujeron en un 47 % las tierras útiles para asentar colonos. En el caso del segundo tramo del Canal de Montijo, se aceptaron reservas no ya hasta las 125 hectáreas, sino hasta las 625, afectando entonces la posible expropiación a un área mucho más reducida. Además, se fueron incorporando las mencionadas reservas especiales. En el caso extremo de Lobón todas las peticiones de “reserva especial” fueron atendidas y los expedientes saldados a favor de los propietarios. En el caso de la zona de Orellana, el dato no deja mucho lugar a las dudas: de la superficie transformada, un 80 % pasó a formar parte de las reservas.
En un Estado tan garantista con la propiedad privada, aún se podían presentar reclamaciones cuando se aprobaba el proyecto de parcelación. Como norma general, se dio preeminencia al interés de los propietarios sobre el lugar donde querían conservar las reservas y ampliarlas, casi luchándose centiárea a centiárea. De nuevo, la documentación nos ofrece una actitud del INC bastante benevolente con los propietarios. El criterio a favor de los propietarios y las reservas especiales se repite en el caso del canal de Lobón. El informe de 1954 defiende “que se con ceda la reserva especial a la totalidad de los peticionarios”, añadiendo la exceptuación de otras 1.404 ha. añadiendo la letanía ya vista para Montijo de reconocer las demás, aunque no se alcanzara aún el “límite de explotación” debido al “enorme esfuerzo realizado por los propietarios”. Aun cuando se revisan los índices, el asunto se repite y se pide de nuevo los técnicos solicitan “no hacer uso de las facultades del Instituto” por el “enorme esfuerzo” realizado por los propietarios65. En resumen, apoyándonos en la documentación consultada podemos afirmar que cualquier expediente de reserva especial contaba con el visto bueno de los técnicos y permitía que los medianos y grandes propietarios conservaran más y más hectáreas sin expropiar para asentar colonos. Así pues, en el balance, a partir del cruce de los datos de Ortega y los nuestros, de las tierras dominadas para su puesta en riego, dos terceras partes pudieron ser conservadas por sus antiguos propietarios en condiciones muy ventajosas —sobre todo por el incremento de la productividad del regadío—, mientras que tan sólo una tercera parte fue asignada a menos de 5.000 familias de colonos. La Figura 5 y la Figura 6 muestran dos momentos del desarrollo del Plan Badajoz.
Figura 5. Regadíos de Guadajira en la zona de Lobón

Fuente: Fotografías del Plan Badajoz, 1952. Biblioteca Digital Hispánica GC-Caja/71/13.
Figura 6. Abancalado de tierras para el riego en Jerez de los Caballeros (Badajoz)

Fuente: Fotografías del Plan Badajoz, 1952. Biblioteca Digital Hispánica GC-Caja/71/13.
La política de colonización del franquismo constituyó un elemento esencial de las medidas agrarias tomadas a lo largo de la dictadura. Tras el final de la guerra civil, y en medio de una hambruna sin precedentes, se anuncian una serie de medidas que no se harán más o menos efectivas hasta bien entrada la década de 1950. La dictadura articula dos leyes marco, la de Colonización de Grandes Zonas (1939) y la de Colonización y Distribución de la Propiedad en las Zonas Regables (1949). Durante la autarquía poco o nada se avanza en la ejecución de esta ley, si bien el régimen reconocía a través de sus estudios que más de 90.000 familias, en el caso de la provincia de Badajoz, vivían bajo el umbral de pobreza. La idea de que la colonización y, sobre todo, el Plan Badajoz (1952) iba a ser toda una obra que dotara de medios de producción a las familias más desfavorecidas, se valió de todos los instrumentos posibles, desde el boletín oficial del Estado hasta el No-Do, para hacer calar ese mensaje.
Sin embargo, la puesta en riego y la colonización tenían que enfrentarse a la realidad de unos derechos de propiedad bien definidos, así como a los límites ambientales inherentes a las agriculturas del Sur de Europa ¿Qué hacer con las posesiones de los propietarios afectados por esas leyes? En el contexto de la política agraria de la década de 1950, el ministro de Agricultura, Rafael Cavestany, fue abandonando los supuestos beneficios sociales de la colonización a cambio de criterios productivistas, por el cual finalmente los grandes beneficiados de la política de colonización fueron los medianos y grandes propietarios, a quienes en este artículo hemos denominado los reservistas. De forma legítima, pusieron en marcha cuantos mecanismos estuvieron a su alcance para amortiguar cualquier tipo de expropiación, aumentar las tierras en reserva y, a ser posible, ponerlas en regadío al menor precio posible. Lógica capitalista sí, pero que con la aquiescencia del Estado asignaba a un papel secundario a las familias colonas que debían ser asentadas en aquellas tierras. Tan sólo una tercera parte de las tierras transformadas en regadío mediante el Plan Badajoz fueron asignadas a no más de 5.000 familias colonas. Se puede afirmar que el objetivo de transformar unas 100.000 hectáreas en las Vegas del Guadiana sí fue cumplido, pero no el de darle una prioridad social mediante el asentamiento de colonos.
Entre el goteo continuo de descuentos de tierras “en exceso” por el aumento de las exceptuadas, en reserva, en reserva especial y demás métodos diletantes se explica por qué lo más parecido a una colonización fiel a la idea inicial se produjo únicamente en el primer tramo del canal de Montijo, en lo que fueron los primeros pasos del Plan Badajoz. La relación ahí mantenida (40 % de tierras para los colonos / 60 % exceptuada o reservada) fue algo excepcional. Después, en los casos de la década de 1950 (segundo tramo del canal de Montijo, Lobón y Orellana), la relación fue prácticamente de 20 % de tierras para los colonos, mientras que 80 % de tierras fueron exceptuadas o reservadas. Lo que significa que en la práctica la política de asentamientos de colonos quedó reducida a unas cifras muy reducidas, casi testimoniales. Prevaleció el mantenimiento del statu quo, la gran propiedad. Tras esas estrategias de resistencia, los siguientes pasos fueron subvenciones para la nivelación de la tierra y conexión a la red de acequias y canales por un valor que se movió entre el 40 % y el 60 % de su precio.
En resumen, bajo unos proyectos anunciados para solucionar la conflictividad social y el problema agrario en Extremadura dotando a familias de colonos de tierras propias, los medianos y grandes propietarios fueron realmente los grandes beneficiados del proceso de colonización ya que pudieron poner en regadío grandes superficies de tierras por un valor irrisorio no aclarado, multiplicando el valor de estas. Menos de una cuarta parte de las tierras incluidas en el proyecto original del Plan Badajoz llegaron a los colonos. El fracaso colonizador fue paralelo a la deriva de la política económica del franquismo. Más que la lucha ideológica interna del régimen, fueron los imperativos de una modernización autoritaria orientada hacia una agricultura de alta productividad la que marcó el devenir de estos planes. La tutela por parte de los técnicos del régimen hacia los colonos, tampoco contribuyó a un desarrollo autónomo de las explotaciones. Las parcelas de las familias colonas fueron tan sólo un complemento a las grandes unidades de producción que las rodeaban. De ellas, los grandes propietarios obtuvieron mano de obra que necesitaba complementar unos ingresos insuficientes procedentes de las parcelas asignadas. Otra cuestión a tener en cuenta son los límites ambientales del proceso. Los cultivos a los que se dedicaron muchas de las explotaciones puestas en riego ya no eran útiles a una agricultura en proceso de modernización. Los propios organismos internacionales, a partir de la década de 1960, recomendaron el abandono de los costosos proyectos de colonización y una especialización ganadera que consolidara la soberanía y seguridad alimentaria. Eso sí, todo ello no se puede separar de los enormes costes sociales de la colonización: desarraigo de las comunidades que eran trasladadas de unas zonas a otras e incapacidad de absorción de más población agraria que tuvo que recurrir a la emigración como única vía posible de supervivencia.
En la actualidad, más de 170.000 hectáreas se cultivan bajo regadío en la provincia de Badajoz —como señalábamos al principio, el 60 % de toda Extremadura—. Un 63 % de ellas procede de la puesta en marcha del Plan Badajoz. Es evidente que el aumento de la productividad y la modernización de la agricultura tienen un referente en la puesta en riego derivada de dicho plan. Además, está por analizar el impacto ambiental y la huella hídrica en la cuenca, cuyos usos agrarios consumen actualmente más de la mitad de los recursos hídricos del Guadiana. Por el momento nos conformamos con haber fijado la atención en la deriva propietaria que tomó aquel proyecto que había tenido sus orígenes en una situación de miseria extrema y en la que la solución colono fue subyugada a los intereses de unas élites concretas.
Los autores agradecemos especialmente la ayuda de todos los participantes en el libro colectivo El Plan Badajoz. Entre la modernización económica y la propaganda política, publicado en 2022 por la Diputación Provincial de Badajoz, en especial a Juan Carlos López Díaz, Francisco M. Parejo, Manuel Pintor y Carlos Píriz. Asimismo, merece mención especial Jesús Jara por ser un estímulo constante para seguir investigando sobre el tema de la colonización.
Esta investigación forma parte del proyecto PID2021-128653NB-I00 “Los condicionantes del cambio tecnológico en España (1950-2020). Forinves 50/20”, financiado por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades del Gobierno de España.
Sergio Riesco Roche: conceptualization, formal analysis, investigation, methodology, writing – original draft, writing – review & editing.
Francisco Rodríguez Jiménez: formal analysis, investigation, methodology, writing – original draft.
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15 Melgarejo, 1995. Martínez Alier, 1968.
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18 Ministerio de Agricultura, Industria, Comercio y Obras Públicas, 1902, 433.
19 Villanueva Larraya, 1987, 439-459; 1990, 159-171.
20 Ministerio de Fomento, 1909, 8.
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36 Hoy, 23 de mayo de 1945 y 6 de enero de 1946.
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58 Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento, 1962, 378-390.
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60 Moreno Bueno, 2008, 46-49.
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62 Juárez; Rodríguez Cancho, 1996, 42.
63 Mangas, 1988, 127.
64 En los números agregados, lógicamente, sólo se contabiliza una vez la zona de Montijo.
65 Archivo IRYDA 251230/6162, Badajoz, 2 de diciembre de 1954. Archivo IRYDA 251240/3824, Badajoz, 8 de noviembre de 1954.