LA REIMPLANTACIÓN EN EUROPA DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO: EL DEBATE SOCIAL Y POLÍTICO

Palma Perote Martínez

LA REIMPLANTACIÓN EN EUROPA DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO: EL DEBATE SOCIAL Y POLÍTICO

Revista de Estudios Jurídicos, núm. 25, 2025

Universidad de Jaén

THE REINTRODUCTION OF COMPULSORY MILITARY SERVICE IN EUROPE: THE SOCIAL AND POLITICAL DEBATE

Palma Perote Martínez *

Consejera Técnica del Ministerio de Defensa, España


Recibido: 01 agosto 2025

Aceptado: 04 agosto 2025

Resumen: En los últimos años, el debate social y político sobre la reimplantación del servicio militar obligatorio se ha extendido por toda Europa, siendo incluso restaurado en varios países de nuestro entorno. Factores como la inestabilidad derivada de las guerras actuales, especialmente entre Rusia y Ucrania, el clima de tensión internacional, el terrorismo yihadista o el auge del sentimiento nacional, muestran un panorama geopolítico totalmente distinto al existente tras el final de la Guerra Fría, cuando la mayoría de los países europeos lo suprimieron.

Palabras clave: servicio militar obligatorio; conscripción; amenazas híbridas; panorama geopolítico.

Abstract: In recent years, the social and political debate on the reintroduction of compulsory military service has spread throughout Europe, and has even been restored in several countries. Factors such as the instability resulting from the current wars, especially between Russia and Ukraine, the climate of international tension, jihadist terrorism and the rise of national sentiment, show a geopolitical panorama that is totally different from the one that existed after the end of the Cold War, when most European countries abolished conscription.

Keywords: compulsory military service; conscription; hybrid threats; geopolitical landscape.

SUMARIO

I. Introducción. II. El servicio militar obligatorio en España en los siglos XIX y XX.III. Decadencia del servicio militar obligatorio. IV. ¿Por qué podría volver el servicio militar obligatorio? V. Situación actual en Europa: La vuelta del servicio militar obligatorio y el debate social. VI. Financiación. VII. Bibliografía.

I. INTRODUCCIÓN

La necesidad del ser humano de conocer el manejo de las armas se ha planteado en la civilización desde tiempos remotos, si bien, el hecho de que ese conocimiento sea forzoso ha respondido a diversos planteamientos políticos, sociales o económicos quehan surgido en cada momento de la Historia.

Aunque el origen más moderno del servicio militar obligatorio en Europa se consolidóen el siglo XIX, lo cierto es que ya en sociedades antiguas como la egipcia, la griega ola romana, se llevaron a cabo prácticas de reclutamiento obligatorio en las que semovilizaba a los hombres para servir en el ejército, bien en tiempos de guerra, o bien enaquellos momentos en los que se consideró necesario (construcción de monumentos,defensa del territorio, etc.). Recordemos como en pueblos especialmente belicosos de la antigua Grecia, como fue Esparta, la población masculina era entrenada desde lainfancia en el uso de las armas, mientras que, en Roma, el servicio de las armas durante la República, se constituyó como un deber sagrado dirigido a la defensa de la nación ydel territorio (Pitillas Salañer, 2017).

Esta avocación al deber de defensa ha sido por tanto una constante desde la Antigüedad y se ha hecho visible, de una u otra forma, en los diferentes períodoshistóricos. Aun cuando en la Edad Media el servicio militar obligatorio sufrió transformaciones,1 motivadas por las necesidades bélicas de los reinos, hecho que implicaba la obligación de los señores feudales de suministrar soldados al monarca en caso de guerra, e incluso de movilizar al campesinado, lo cierto es que se mantuvo la consideración del deber de lealtad en la protección y defensa de la tierra y del territorio.2

Por ello, y tras el surgimiento de los estados-nación en el continente europeo, elreclutamiento forzoso, también denominado conscripción, fue un mecanismo habitualpara el mantenimiento de unos ejércitos permanentes, especialmente en supuestos deguerra.3

Sin embargo, fue en el siglo XIX cuando el servicio militar obligatorio se consolida definitivamente en la vieja Europa, siendo pionero el Estado francés, tras el estallido de la Revolución Francesa y el surgimiento de la Declaración de Derechos del hombre y del ciudadano (1789). Es en este momento cuando se señala expresamente, como reflejo de la soberanía popular, el derecho y el deber del ciudadano a defender la Patria, aspecto esencial regulado por primera vez en la Constitución de 1793.4

Fruto de esta regulación, se promulga en 1798 la “Ley Jourdan” o “Ley JourdanDelbrel”, la cual estableció el servicio militar obligatorio para los hombres jóvenes, entre veinte y veinticinco años, hecho que fortaleció la capacidad militar francesa al incorporar a su ejército un gran número de soldados sin tener en sus filas solamente a voluntarios y mercenarios (Forrest, 2011).5

Esta Ley tuvo un gran impacto en la historia militar de Francia, especialmente durantelas guerras napoleónicas (1803-1815) y sirvió de base para la formulación de sistemasde reclutamiento en sus respectivos ejércitos en otros países de su entorno.6

A partir de ese momento, y a medida que se incrementaban los conflictos entre lasdistintas naciones europeas, el servicio militar obligatorio se constituyó en una piezaclave para la consecución de un ejército disciplinado y fuerte. Ejemplo de ello fue elejército prusiano, nutrido de personal reclutado para el servicio militar mediante unsistema que permitía el entrenamiento de un elevado número de soldados en un períodoreducido de tiempo, y que culminó en las importantes victorias obtenidas en la Guerraaustro-prusiana en 1866 y en la batalla franco-prusiana de 1870.7

La implantación del servicio militar obligatorio en la sociedad europea del siglo XIX tuvo un significativo impacto social y político, fomentando valores como el de unidad de todos para la defensa de sus fronteras y el sentimiento de pertenencia a una nación. No obstante, también puso en evidencia la tensión en algunos sectores contrarios a la militarización social y las protestas callejeras ante esta realidad que se había consolidado con el paso de los años.

Con la llegada de la Primera Guerra Mundial, la conscripción aumentó al ser necesario la incorporación a filas de más efectivos en los distintos ejércitos de los países implicados.8

II. EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO EN ESPAÑA EN LOS SIGLOS XIX Y XX

España no fue ajena al auge del servicio militar obligatorio en el siglo XIX,9 de hecho, los continuos conflictos internos y externos que vivió nuestro país en aquellos años obligarona aumentar el reclutamiento poblacional (Ezquerro Solana, 2001). No olvidemos que la inestabilidad política y social requería con urgencia que hubiera permanentemente un ejército eficaz y regular capaz de hacer frente a las guerras que asolaban al país, tales como la Guerra de la Independencia primero (1808-1814) y las Guerras Carlistas después (1833-1876) en definitiva, un ejército más numeroso y mejor organizado (Ezquerro Solana, 2001).

Consecuencia de todo ello fue la promulgación durante el reinado de Isabel II de la Ley de Conscripción de 1845. Por medio de esta ley, se estableció la obligación de los varones, entre veinte y treinta años, de servir en el ejército, introduciéndose un sistema de sorteos para el reclutamiento de jóvenes.10

Este sistema, que implicó desigualdades en la incorporación a filas, fue objeto deprotestas sociales, especialmente entre la población más desfavorecida. Por ello, seprodujeron diversas reformas hasta su sustitución en 1868, tras la Revolución Gloriosa,por una nueva ley que modificó el sistema de reclutamiento, sustituyéndolo por unsistema de reemplazos. Una década después, se aprobó una nueva ley que establecióel período de tres años para el servicio militar obligatorio. Aun cuando se pretendióconseguir un ejército más profesional, las protestas continuaron en distintos sectores dela sociedad.11

En 1912, se aprueba la Ley de Reclutamiento, especificando en su texto que estaobligación era un deber patriótico y una forma de todo español de contribuir a la DefensaNacional. La duración del servicio militar disminuyó con respecto a la anterior adieciocho meses, y posteriormente a doce.12

Durante la Guerra Civil (1936-1939) el impacto del servicio militar aumentó en ambos bandos, reclutándose a la población en apoyo de sus respectivas causas. Tras la contienda, se mantuvo el reclutamiento siendo una experiencia común para la mayoría de los varones españoles. Sin embargo, y especialmente a partir de los años sesenta, los movimientos de oposición al mismo aumentaron (Velasco Martínez, 2017).

Es en la época de la transición, y fundamentalmente tras la promulgación de la Constitución española de 1978, cuando el debate sobre la continuidad de su implantación se acrecienta.13 El artículo 30 de la Carta Magna incardina este derecho deber de los españoles dentro del Título I, en su doble modalidad de obligación de su cumplimiento y del derecho a la defensa de España. Ahora bien, también se introduce la posibilidad de la objeción de conciencia, una realidad demandada por el debate social y político.14

De hecho, en los años ochenta, el número de objetores de conciencia aumentó significativamente, siendo necesario su regulación legal a través de la Ley 48/1984, de 26 de diciembre, de Objeción de Conciencia y Prestación Social Sustitutoria.15 Esta Ley, se convirtió en una alternativa para quienes rechazaban el servicio militar por razones éticas o religiosas, evitando las condenas penales que, dentro de la jurisdicción militar, se imponían a todos aquellos que se negaban al cumplimiento de este deber.

A pesar de ello, se mantuvo sin embargo un movimiento insumiso, caracterizado por el rechazo de ambas opciones, aumentando la presión en las calles para reformar el sistema.16

En el año 1991 se aprueba la Ley 13/1991, de 20 de diciembre, del Servicio Militar, suavizando más la obligación de incorporación a filas.17 Tras su entrada en vigor, seredujo la duración del servicio militar obligatorio a nueve meses, estableciéndose medidas para mejorar las condiciones de los soldados de reemplazo y facilitar su integración en la vida civil tras el cumplimiento del servicio.18

Al igual que en el resto de Europa, durante los años noventa, la necesidad de un ejército con los parámetros diseñados hasta entonces colisiona con la realidad política y social.19 Como veremos en el siguiente epígrafe, la evolución del contexto internacional, el final de la Guerra Fría y la hegemonía de EEUU, dan paso a una nueva concepción de la Defensa Nacional, con unas Fuerzas Armadas menos numerosas pero profesionales, en las que se incorporan las nuevas tecnologías y se reestructura su diseño, incorporando plenamente a las mujeres en todas las unidades y ejércitos.20

En el año 1996, el gobierno aprueba un plan para la supresión progresiva del servicio militar obligatorio, culminando definitivamente el 31 de diciembre de 2001.21

III. DECADENCIA DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO

En los últimos años del pasado siglo, se vivieron una serie de acontecimientos que aceleraron los cambios sociales y políticos que conllevaron, entre otros aspectos, la supresión del servicio militar obligatorio en la mayoría de los países de nuestro entorno.22

En primer lugar, el final de la Guerra Fría, simbolizada previamente en la caída del Murode Berlín (9 de noviembre de 1989). Este hito histórico, puso fin a la división de Europa e implicó, por un lado, el éxito de las reformas políticas en la Unión Soviética, bajo el mandato fundamentalmente de Mijaíl Gorbachov23 y, por otro lado, la reunificación alemana en 1990.24 El panorama político se transforma y EEUU se convierte en el líder mundial indiscutible. La vieja Europa percibe estos cambios con optimismo reduciendo la amenaza de conflictos armados en su territorio y, por ende, la necesidad de grandes ejércitos nutridos por militares de reemplazo.25

Paralelamente, el nuevo escenario surgido tras la división del mundo en dos bloques requiere modernizar sus fuerzas, profesionalizarlas y, en definitiva, incorporar las últimas tecnologías a sus ejércitos, hacerlos más eficaces y dinámicos en la lucha contra las nuevas amenazas surgidas, tales como el terrorismo, la ciberguerra o los conflictos asimétricos. Todo ello no requería grandes contingentes de soldados, sino capacidades tecnológicas avanzadas y fuerzas especiales, incorporando a un personal voluntario y cada vez más especializado.26

En los países europeos se respira cierto ambiente de tranquilidad y de integraciónentre los distintos Estados, con la incorporación masiva a la Organización del Tratadodel Atlántico Norte (OTAN) compartiendo el compromiso de defenderse mutuamente encaso de ataque armado y la Unión Europea (UE), además de a Naciones Unidas,aumentando, en definitiva, la confianza en la seguridad y defensa común.27

La participación en organizaciones internacionales de una gran parte de los países,entre ellos España, implicó la preparación conjunta de misiones internacionales, comoson las operaciones de mantenimiento de la paz, hecho que requería unos ejércitosprofesionales y más operativos para hacer frente a los nuevos retos de un mundo másglobalizado.28

Junto a todo ello, los movimientos pacifistas en Europa y el rechazo al servicio militar obligatorio exigían cambios a las estructuras castrenses de cada país. Eliminada puesla amenaza de los dos bloques originados durante la Guerra Fría, cada vez más jóvenesconsideraban la conscripción como una pérdida de tiempo que frenaba la posibilidad deprogresar en su desarrollo profesional en la vida civil (Ajangiz, 2002a y b).

Además, no podemos obviar el alto coste económico que implicaba en cada país laincorporación masiva a las armas, prefiriendo la sociedad que ese gasto se invirtiera enotro tipo de infraestructuras de carácter civil, aumentando el gasto social y la protecciónque requerían los derechos individuales de los ciudadanos.29

En conclusión, el cambio en el modelo de reclutamiento y la profesionalización de lasFuerzas Armadas, ya realizada por otros países como Estados Unidos o el Reino Unido, implicaba la modernización militar y la adaptación a la nueva realidad a la que se fueronincorporando en un breve espacio de tiempo la mayoría de los países europeos,comenzando por Bélgica en 1992 y siendo seguida por Francia en 1996, Países Bajosen 1997, España en el año 2001, Eslovenia en 2003, Hungría, Italia, Portugal yRepública Checa en el año 2004, Eslovaquia y Rumanía en 2006, Letonia y Bulgariaen el año 2007, Lituania y Croacia en el año 2008, Suecia y Polonia en el año 2010 oAlemania en 2011.30

IV. ¿POR QUÉ PODRÍA VOLVER EL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO?

En los últimos años, la posible vuelta del servicio militar obligatorio a la mayoría delos países europeos constituye un tema de debate y actualidad que ha llevado ya avarios de ellos a su nueva implantación. Las guerras actuales, principalmente entreRusia y Ucrania, el clima de tensión internacional, el terrorismo yihadista o la necesidadde recuperar ese sentimiento nacional son factores que se barajan como motivadoresde su restauración.31

Varios de estos factores ya fueron incluidos en la Estrategia Global para la PolíticaExterior y de Seguridad de la Unión Europea (Estrategia Global de la UE) del año 2016,documento que, al señalar las directrices y prioridades estratégicas en materia deseguridad y defensa, deja constancia de la necesidad de que Europa actúe más uniday de forma más activa en el impredecible contexto internacional.32

Así, y en lo que respecta a las posibles amenazas geopolíticas, los conflictoscercanos, empezando por la siempre difícil relación con Rusia, se incluyeron en primertérmino, especialmente tras la anexión de Crimea en el año 2014, y desde hace dosaños la guerra en Ucrania. Esta situación ha puesto a Europa en alerta sobre laseguridad de nuestras fronteras, sobre todo en los países fronterizos con Rusia y máscercanos al conflicto armado, siendo el panorama estratégico completamente distinto alvivido en los años noventa, y los temores de una nueva Guerra Fría cada vez máspalpables. A todo ello, se une la clara postura de aquellos países que en su momentofueron parte de la Unión Soviética y que, no solo rechazan la agresión producida, sinoque forman parte de organizaciones internacionales como la OTAN y la UE (véase elcaso de Estonia, Letonia y Lituania) los países nórdicos o aquellos fronterizos conUcrania, como Polonia, Bulgaria o Rumanía también desfavorables con la política delKremlin.33

Además, tal y como se señala en la Estrategia Global de la UE, la incorporación deChina como potencia hegemónica y su modernización militar plantea nuevos retosinternacionales que requieren de una Europa más preparada y con mejor defensa (Carlos Izquierdo, 2019; Cancelado Franco y Alejo Aristizánal, 2021).

Igualmente, la aparición en el siglo XXI de un nuevo tipo de terrorismo yihadista, que vulnera los sistemas de defensa de los países que ya han sufrido esta lacra, se recoge como una amenaza real en el referido documento. Desde el impactante ataque terrorista ocurrido en el año 2001 en EEUU, son muchos los países occidentales en los que se ha perpetrado un ataque de esta naturaleza, empezando por España con el atentado de la estación de Atocha (Madrid) en el año 2004 o el de Barcelona en 2018, y siguiendo con Inglaterra, Bélgica, Dinamarca, Francia, Bulgaria, etc.… Esta forma de atacar en las zonas más populares y concurridas de un país, no sólo han puesto en tela de juicio la seguridad de cada uno de ellos ante quien ve como potencial enemigo un mundo con unos valores y estilo de vida ajeno a su radicalismo religiosos y político, sino también la necesidad de medidas conjuntas de actuación, como el intercambio de información y la cooperación en materia de inteligencia para combatirlo.34

Junto a todo lo anterior, la aparición de un nuevo tipo de amenazas, denominadas híbridas, que incluyen daños serios en las principales instituciones de cada país como consecuencia de ciberataques, el uso manipulado de la información, la desinformación que invade las redes sociales, la migración, los movimientos masivos de personas y los cambios gubernamentales en las principales potencias internacionales, son factores que requieren reforzar la seguridad y fortalecer a los distintos ejércitos invirtiendo más en su modernización. De hecho, la propia OTAN ha requerido a sus miembros a que aumenten el gasto en defensa y, en definitiva, mejoren sus capacidades militares.35

Por ello, en lo que respecta a la necesidad de fortalecer las Fuerzas Armadas, lo cierto es que, tras una época de bonanza en el continente europeo, el reclutamiento de personal militar voluntario no ha sido suficiente para completar el número de efectivos militares previstos en la mayoría de los países de Europa. En muchos de ellos, incluido España, se optó por un sistema de reservistas,36 pero lo cierto es que hay una disminución del número notable de personal disponible, debido fundamentalmente a la falta de presupuesto económico, especialmente a partir del año 2008, y la ausencia de voluntarios, por lo que ha justificado, en diferentes sectores, los argumentos favorables a la vuelta del reclutamiento obligatorio.37

No podemos obviar que, en los años precedentes, con una menor preocupación europea por la seguridad y defensa, y paralelamente con una Europa más globalizada, el sentimiento de pertenencia a una nación se había debilitado, hecho que, tras el drástico cambio en el panorama internacional, ha propiciado la vuelta a un discurso que fomente nuevamente el sentimiento de pertenencia a una nación, a los valores propios del modelo de vida y sociedad occidental y, en definitiva a la defensa nacional, siendo cada vez más los partidarios de considerar que la vuelta al servicio militar obligatorio puede unir más a sus ciudadanos y reforzar la identidad de cada nación en un contexto de continuos desafíos internacionales.38

¿Cómo ha afectado todo este contexto a España?

Como ya hemos señalado, la Constitución Española de 1978, establece su artículo30 el derecho y el deber de los españoles a defender a España, señalando a continuación que “La ley fijará las obligaciones militares de los españoles y regulará, con las debidas garantías, la objeción de conciencia, así como las demás causas de exención del servicio militar obligatorio, pudiendo imponer, en su caso, una prestación social sustitutoria”. Por tanto, aunque el servicio militar obligatorio fue suspendido en España en el año 2001, se recogen constitucionalmente las bases para su regulación (Herrero y Rodríguez de Miñón, 1997).

Partiendo de esta premisa, la Ley Orgánica 5/2005 de la Defensa Nacional, establece la finalidad de la política de defensa, dirigida a “garantizar la seguridad de la nación y sus ciudadanos, proteger los intereses estratégicos y contribuir activamente a la paz y estabilidad internacionales”.39

Es en la Estrategia de Seguridad Nacional (ESN) donde se plasman las prioridades para garantizar dicha seguridad, es decir, es “el marco político estratégico de referencia de la Política de Seguridad Nacional”,40 concretando “el análisis del entorno estratégico, los riesgos y amenazas que afectan a la seguridad de España, la definición de las líneas de acción estratégicas en cada ámbito de actuación y la promoción de la optimización de los recursos existentes”.41

En este documento se deja constancia del entorno global cada vez más complicado en el que se mueve España, las tensiones geopolíticas, la existencia de amenazas más consolidadas como son los conflictos armados, el terrorismo internacional y la proliferación de armas de destrucción masiva, y la aparición de otras amenazas emergentes, como son los ciberataques, el cambio climático, las crisis sanitarias globales, especialmente tras la pandemia de COVID-19, el uso de la desinformación ola gestión de flujos migratorios irregulares.

Para la búsqueda y consecución de los objetivos de seguridad y defensa, se alude expresamente a la modernización de las capacidades de las Fuerzas Armadas, en clara sintonía con lo que sucede en el resto de Europa, reforzando además la cooperación con los socios europeos y la OTAN. Ahora bien, este documento adopta un enfoque integral de las distintas áreas nacionales (defensa, sanidad, economía, etc.) y afecta a toda la sociedad. De esta forma, y en línea con lo señalado en el artículo 30 de la Constitución, la defensa nacional no es algo que afecte solamente a las Fuerzas Armadas, sino que involucra a toda la ciudadanía. Por tanto, nuestra legislación permite fijar las obligaciones militares de todos los ciudadanos para cumplir con el deber de defensa, que, en caso de necesidad y cuando la seguridad nacional lo requiera, puede volver a ser activado, bien mediante la vuelta del servicio militar, bien mediante otras formas de contribución.42

Sin embargo, aunque todo ciudadano debe contribuir a la defensa nacional, el modelo de Fuerzas Armadas actual está compuesto por militares profesionales y por reservistas, los cuales se pueden incorporar a las citadas Fuerzas Armadas de forma voluntaria, como reservistas de especial disponibilidad u obligatoriamente. Aun cuando la participación de los mismos está prevista en la Ley de la Defensa Nacional y en la Ley de la Carrera Militar (artículo 122 y siguientes) su regulación específica se encuentra recogida en el Real Decreto 383/2011, de 18 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento de Reservistas de las Fuerzas Armadas.

En dicha normativa, se recoge la posibilidad cuando no quedaren satisfechas las necesidades de defensa nacional con la incorporación a las Fuerzas Armadas de reservistas voluntarios y de especial disponibilidad, de acudir a la movilización de los ciudadanos entre diecinueve y veinticinco años, solicitando para ello el Consejo de Ministros autorización al Congreso de los Diputados.

Desde la aparición de la figura del reservista, la disminución en su número es evidente. La falta de presupuesto económico es la causa principal a la que se le atribuye este descenso, siendo la oferta de plazas de los últimos años significativamente inferior a las ofertadas antes del año 2010.43

Toda esta situación permite, al igual que en otros países de nuestro entorno, que el debate sobre la vuelta o no del servicio militar obligatorio se encuentre de actualidad en la sociedad.44

V. SITUACIÓN ACTUAL EN EUROPA. LA VUELTA DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO Y EL DEBATE SOCIAL

Si bien antes adelantamos la supresión del servicio militar obligatorio en la mayoría de los países de nuestro entorno desde el año 1992 por las razones expuestas,45 lo cierto es que hubo países que mantuvieron su sistema de reclutamiento forzoso hasta nuestros días, como son los casos de Austria, Chipre, Dinamarca, Estonia, Finlandia y Grecia.46

En Austria, el artículo art. 9 de la Constitución47 establece la obligación de todos los ciudadanos varones de realizar el servicio militar, desarrollando este precepto la Ley de Defensa del año 2014. Así, toda la población masculina y residente deben inscribirse para el servicio militar durante el año en el que cumplen los dieciocho, recogiendo la citada Ley las escasas excepciones permitidas. De hecho, los no residentes que regresen al país antes de cumplir treinta y cinco años, deben también cumplir con este deber. Actualmente, los soldados de reemplazo son prácticamente el 50% del total, y la duración del servicio es, como mínimo, de seis meses. En el caso de las mujeres, pueden presentarse voluntariamente a su cumplimiento. Aunque se reconoce constitucionalmente la objeción de conciencia, se debe presentar la solicitud antes de la incorporación a filas, cumpliendo una prestación social sustitutoria cuya duración es de nueve meses.

Planteado el debate social y político en torno a su mantenimiento, el 20 de enero de 2013, mediante referéndum, los austríacos partidarios del servicio militar obligatorio ganaron en las urnas con una mayoría de casi un 60%.48

En el caso de Chipre, la obligación es también para la población masculina entre dieciocho y cincuenta años, y la duración prevista es de catorce meses Se reconoce asimismo el derecho a la objeción de conciencia por motivos religiosos cumpliendo igualmente con un servicio alternativo.49

En Dinamarca recientemente se ha impulsado una reforma legislativa que incluye alas mujeres en el deber de prestar el servicio militar obligatorio, aumentando la duración de este servicio a once meses y no cuatro como hasta ahora. Alertados por la situación internacional, en el año 2024, el gobierno danés impulsó una reforma de su legislación con el objetivo de acrecentar su capacidad de defensa. Según el nuevo plan, a partir del año 2026, todos los jóvenes, no sólo varones, pasarán por las Fuerzas Armadas durante cinco meses para adquirir una formación militar básica, y seis meses más en una unidadoperativa.50

El caso de Estonia ha evolucionado desde un servicio militar obligatorio que seguía los esquemas tradicionales a un servicio militar que además se adapta a las tecnologías actuales. La Constitución51 reconoce el servicio militar obligatorio de todos los ciudadanos varones “física y mentalmente sanos”, oscilando su duración entre ocho y once meses. Actualmente, la población incorporada a filas adquiere los conocimientos básicos necesarios para actuar como especialistas en unidades militares en tiempos de guerra. Tras su finalización, pasan a la situación de reserva y vuelven a ser llamados para reforzar sus habilidades en el manejo de nuevos equipos y armas.52

En Finlandia,53 la población masculina es llamada a filas a partir de los dieciocho años, incluso en el caso de que residan en el extranjero. Siendo conscientes de su kilométrica frontera con Rusia, en ningún momento se ha planteado la supresión del servicio militar ni se han descuidado sus capacidades de defensa. La duración del servicio puede variar entre seis y doce meses, pasando a la reserva tras su finalización hasta una amplia edad, como son sesenta años. Las mujeres pueden acceder igualmente a su cumplimiento, pero con carácter voluntario.

En lo que respecta a Grecia, también la Constitución54 (en el párrafo 6 del artículo 4)señala el deber de los jóvenes de incorporarse a filas por un período entre nueve y doce meses. Tanto por razones históricas como estratégicas, Grecia no se planteó en ningún momento la supresión del servicio militar, siendo conscientes de la necesidad de una población preparada para los posibles conflictos, especialmente contra Turquía, país con el que ahora se integra en la OTAN.

Junto a los países citados, un destacado número de países ha reintroducido el servicio militar obligatorio en su legislación, como es el caso de Suecia,55 quien desde el año 2017 vuelve a llamar a su población a filas durante un periodo de tiempo entre nueve y quince meses, manteniendo también la distinción danesa entre entrenamiento militar básico (tres meses) y especializado.

En Noruega igualmente la vuelta al servicio militar se produjo en el año 2015,destacando como novedad la extensión de este deber no sólo a los hombres sino también a las mujeres.56

El caso de Letonia también es destacable por cuanto que, tras la supresión del servicio militar obligatorio en el año 2007, no se dudó en volver al mismo hace tres años. La proximidad de Rusia y las tensiones en la frontera (no podemos olvidar que desde el año 2017 se mantiene la misión “Enhanced Forward Presence (Lenoir, 2017) de la OTAN en su territorio, en la que colabora activamente España) ha sido el argumento motivador de la necesidad de mejorar por sí mismos su capacidad de defensa. En la vecina Lituania,57 si la supresión se produjo en el año 2008 no tardaron más de siete años en volver a instaurarlo; su duración es de nueve meses y están llamados a su cumplimiento los varones entre diecinueve y veintiséis años. Desde la fecha de su independencia, el 19 de agosto de 1991, las tres Repúblicas Bálticas han demostrado claramente su deseo de reforzar la misma, y de integrarse en la Europa Occidental y en sus principales organizaciones.

En cuanto a los países balcánicos también los ecos de la reimplantación del servicio militar obligatorio les ha afectado. Tanto Croacia como Serbia58 pretender comenzar los llamamientos a prestarlo a partir del año 2025. En el caso serbio, desde el año 2011tenía carácter voluntario para hombres y mujeres en edades comprendidas entre los diecinueve y treinta años, si bien ahora será obligatorio para la población masculina. Su duración no es muy amplia, unos dos meses, y quince días más de maniobras militares, esquema muy parecido al que también plantea Croacia y, recientemente, Rumanía.

Más cerca de nuestras fronteras, en Alemania, el debate sobre su reimplantación no sólo está en las calles, sino que el Gobierno alemán ha impulsado, en el mes de noviembre del año 2024, la regulación de una nueva forma del servicio militar obligatorio al objeto de fortalecer su capacidad de defensa. Se pretende crear un registro de varones militarmente aptos desde los dieciocho años y reclutar a un alto porcentaje de ellos cada año para incorporarse a las Fuerzas Armadas durante un período de tiempo entre seis y veintitrés meses.59 Aunque esta propuesta debe pasar por las dos Cámaras legislativas, se prevé que pueda ser aprobada a mediados del año 2025.

En Francia, aun cuando el presidente Emmanuel Macron anunció en su programa electoral en el año 2017 su intención de restaurarlo, lo cierto es que su proyecto inicial se fue diluyendo y modificando año tras año. La idea y el debate se mantiene tanto a nivel político como social60, pero de momento no hay una decisión clara al respecto. Algo parecido sucede en Portugal, país en el que los medios de comunicación han dado conocimiento de lo que está sucediendo en gran parte del continente, si bien el gobierno portugués no lo considera una cuestión prioritaria.

- ¿Cuál es la situación actual en España?

Desde la abolición del servicio militar obligatorio hasta la actualidad, la modernización de las Fuerzas Armadas ha sido un reto y un desafío indudable que ha implicado un cambio profundo tanto en su estructura y funcionamiento como en su estrategia. El paso a un ejército profesional implicó una reducción drástica de sus efectivos, la elaboración de nuevos planes de formación y acceso a la vida militar (en los que se fomentó la incorporación de la mujer y el desarrollo de las tecnologías más avanzadas) la participación en operaciones de mantenimiento de la paz en el exterior y, en definitiva, la adaptación de la capacidad militar a los desafíos del siglo XXI.

En las últimas décadas, este esfuerzo de modernización y cambio se ha visto valorado muy positivamente por la sociedad española. De hecho, las Fuerzas Armadas son actualmente una de las instituciones mejor valoradas por los españoles61 aspecto que refleja el cambio con respecto a ese sentimiento hace veinte años. Lo cierto es quela eliminación del servicio militar obligatorio supuso una mejora en la percepción social de las Fuerzas Armadas para un importante sector de la población.

Hoy el prestigio y eficacia de la institución castrense es indiscutible. El cariño de la sociedad a los militares en todo tipo de actuación, especialmente en los casos de emergencias y catástrofes (véase como más recientes el Volcán de la Isla de La Palma o la Dana en tierras valencianas) son claro ejemplo de ello.

Dicho todo lo anterior, lo cierto es que la inestabilidad internacional y las tensiones derivadas de la misma también han cambiado pautas en nuestro comportamiento. El sentimiento de orgullo e identidad nacional ha aumentado considerablemente,62 y la preocupación por nuestra defensa y forma de vida ha llevado a plantear debates sociales en esta materia, máxime cuando el sistema de reservistas voluntarios no cubre todas las expectativas necesarias.

Si bien hoy día se descarta totalmente la vuelta al servicio militar obligatorio, las estructuras jurídicas para su posible reimplantación existen.

Visto el panorama internacional expuesto, resulta obvio que aquellos países cercanos a las zonas de mayor inestabilidad han sido los primeros en reimplantar el reclutamiento forzoso, con coincidencias y divergencias en los modelos de tiempo, personal llamado a su cumplimiento, tipo de servicio, etc.

La clave posición geoestratégica de España y la necesidad de hacer frente al desafío de mantener una capacidad operativa óptima en un contexto de recursos limitados y de amenazas en constante evolución, posibilitan el debate de aquellas soluciones que hoy día no se contemplan. Habrá que estar preparados para ello.

VI. FINANCIACIÓN

El presente trabajo es el resultado del proyecto de investigación subvencionado por la Secretaria General de Política y Defensa (SEGENPOL) del Ministerio de Defensa con el n. 130-192480 (convocatoria 2024).

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Notas

1 Durante la Edad Media se mantuvo un sistema de leva “honrada” gestionada a niveles locales junto con una leva “forzosa”. Mientras que la primera era gestionada a nivel local para fijar un cupo de alistamiento entre el estado llano, la segunda recaía en los tribunales de justicia, que condenaban al reo a la prestación del servicio obligatorio. VéaseMartín Prieto, 2017.

2 Se debe partir de la idea de que los primeros ejércitos permanentes del siglo XVI estaban nutridos casi en su totalidad de soldados “profesionales”, es decir de aquellos que hacían de las armas su verdadero oficio, que se habían adscrito a ellos de manera voluntaria. Varios factores hicieron que durante el siglo XVII el modelo quebrara. Las numerosas bajas ocasionadas en las guerras de religión, la crisis demográfica o el declive económico hicieron imposible el mantenimiento de estos ejércitos. El reclutamiento forzoso fue la única salida para poder mantener el poder militar de los Estados. Así, Rodríguez Hernández, 2017.

3 En relación a una visión histórica española del servicio militar obligatorio, véase, entre otros, Contreras Gay, 1993–1994; García-Gallo de Diego, 1956; Moya Sordo, 2020; Sotto y Montes, 1964; Navarro Méndez, 1998.

4 Años antes en España ya se había publicado, en concreto en 1767, la Real Declaración de Carlos III por la que se regulaba el sistema de quintas, predecesor del servicio militar obligatorio. Un año más tarde, en 1768, entraban en vigor las Reales Ordenanzas.

5 La conscripción obligatoria en Francia, a pesar de querer entroncarse en los ideales revolucionarios, tenía como verdadero objetivo suministrar tropas desplegables (Pomed Sánchez, 1994, p. 217).

6 De hecho, fue un sistema ideado por Napoleón para reemplazar a las tropas desplegadas en España (Dufoir, 2023).

7 Aunque en España el modelo prusiano no triunfó (Moreno Alonso, 2003).

8 Curiosamente a pesar de que el Tratado de Versalles prohibía de forma expresa el reclutamiento de tropas, Alemania reincorporó el servicio militar obligatorio en mayo de 1935. Reino Unido adoptó el Acta de Conscripción de 1939 en el que establece un sistema de entrenamiento militar en tiempo de paz. En USA el servicio militar en tiempo de guerra se estableció en septiembre de 1940.

9 Para una visión general del reclutamiento obligatorio en este siglo, véase Feijóo Gómez, 1996.

10 Los procesos de resistencia pacífica y violenta contra la recluta forzosa fue una constante en este periodo.En concreto, hasta la aprobación de la Ley de Canalejas de 1912 en la que se abolió la redención en metálico (Fernández Vargas, 1994).

11 Sobre todo, con la posibilidad de pagar una suma de dinero para poder eximirse de la prestación del servicio. Dicho aspecto fue una fuente constante de protestas en el reclutamiento de las guerras coloniales. Así, Cantalapiedra Cesteros, 2004, o Fernández Rodríguez, 2010.

12 Respecto de este periodo, véase Rivilla Marugán, 2014; García Moreno, 1988; Naranjo García, 2021; Bru Sánchez-Fortún, 2012.

13 Con la entrada en vigor de la Constitución se plantea qué sistema de reclutamiento utilizar, si el reclutamiento con voluntarios, que tan buenos resultados había dado en los siglos XVI y XVII o el sistema de reclutamiento forzoso (Rodríguez Sahagún, 1986; Contreras Gay, 1981).

14 Respecto de la aplicación e interpretación del artículo 30.1 de la Constitución, véase (Rubano Lapasta, 2003 y Oliver Araujo, 1994).

15 Como resultado del compromiso electoral del PSOE en las elecciones de 1982 (Fernández Segado, 1986; Quesada González, 2011, p. 43).

16 En los primeros años de la década de los noventa, hubo numerosas aportaciones doctrinales tendentes a la reforma del servicio militar obligatorio. Así, Suárez Pertierra,1992; García, 1992; Laguna Sanquirico, 1992; Fernández Segado, 1993.

17 Su antecedente fue la Ley 19/1984, de 8 de junio, del Servicio Militar, que derogaba la Ley 55/1968, de 27 de julio. En relación a las modificaciones que introduce esta Ley respecto al modelo de servicio militar obligatorio anterior, véase (Fernández Segado, 1992).

18 La relación entre servicio militar y el derecho a la objeción de conciencia ha sido indisoluble en nuestra doctrina. Así, Milán Garrido,1994; Pérez Hernández, 1994; García Arias, 1966; Cantero Núñez, 1994; Sampedro Blanco,1997.

19 A pesar de que la opinión pública era mayoritariamente contraria a la prestación del servicio militar, la incorporación a la UE exigía una remodelación de los ejércitos para poder afrontar los retos del pilar de Seguridad y Defensa que se consagraría en el Tratado de Maastricht. Así, Parente Rodríguez, 1994; Aspizua Turrión, 1994.

20 Proceso que, en algunos casos, se veía como la única alternativa posible a la supresión del servicio militar obligatorio. Así, Sánchez Navarro,1991; Navajas Zubeldía, 1998-2000; González-Anleo Grande de Castilla, 1999.

21 Incluso en el año de dicho Plan ya hubo aportaciones que abogaban por la continuación del servicio militar. Así, Fernández Vargas y Cosidó Gutiérrez, 1996.

22 Aunque se empezaron a plantear modelos diferentes (Nasarre, 1994-1995; o Fernández Segado, 1994).

23 Durante la Guerra Fría, hubo un unánime rechazo a un ejército ruso completamente profesional (Fernández Rojo, 1996).

24 En el caso alemán, el debate se produjo apenas diez años del final de la Segunda Guerra Mundial (Martínez Sánchez, 2024).

25 Sustituyéndolos por ejércitos profesionales (Franklin, 1992).

26 Al mismo tiempo que se abogaba por los ejércitos profesionales, ya se sugerían nuevos modelos especializados de servicio militar (Cosidó Gutiérrez, 1994). Aun así, los primeros ejércitos profesionales europeos fueron objeto de análisis en el proceso español (Pérez Moreno, 1998; Sánchez Navarro, 1999).

27 Según el artículo 5 del Tratado de la OTAN, “Las Partes acuerdan que un ataque armado contra una omás de ellas, que tenga lugar en Europa o en América del Norte, será considerado como un ataque dirigidocontra todas ellas, y en consecuencia, acuerdan que si tal ataque se produce, cada una de ellas, en ejerciciodel derecho de legítima defensa individual o colectiva reconocido por el artículo 51 de la Carta de lasNaciones Unidas, ayudará a la Parte o Partes atacadas, adoptando seguidamente, de forma individual y deacuerdo con las otras Partes, las medidas que juzgue necesarias, incluso el empleo de la fuerza armada,para restablecer la seguridad en la zona del Atlántico Norte. Cualquier ataque armado de esta naturaleza ytodas las medidas adoptadas en consecuencia serán inmediatamente puestas en conocimiento delConsejo de Seguridad. Estas medidas cesarán cuando el Consejo de Seguridad haya tomado lasdisposiciones necesarias para restablecer y mantener la paz y la seguridad internacionales”.

28 La utilización de soldados de reemplazo en la primera guerra del Golfo fue un elemento esencial en latransición hacia el ejército profesional. (Rodríguez-Villasante y Prieto, 1994).

29 En el caso de España, véase Cuenca García y Pérez Forniés, Claudia, 2000, y Puy Fraga, 1992.

30 Proceso que en España ya fue advertido años antes (Pereira Álvarez, 1986).

31 Aspectos todos ellos recogidos en la vigente Estrategia de Seguridad Nacional como amenazas para la misma. Véase Moliner González y Moll Santa Isabel, 2022, o Dacoba Cerviño, 2022.

32 Aunque no se mencione expresamente la necesidad de la vuelta al servicio militar obligatorio. Así, Benedicto Solsona, 2017, y Urcelay Verdugo, 2018.

33 Respecto de las interacciones entre la posición rusa y las estrategias de seguridad de la UE y la OTAN, véase Pacheco Méndez, Guadalupe, 2024 o Nieto Hernández, María Isabel, 2017.

34 Como elemento esencial en nuestra Estrategia de Seguridad Nacional como una verdadera amenaza para la misma (Sánchez Blázquez, 2023).

35 Dichas amenazas tienen un papel esencial en la Estrategia de Seguridad Nacional española y las estrategias de los países aliados (Luque Juárez, 2018).

36 Respecto a la eficacia del sistema de reservistas, véase (Quesada González, 2022 o Sánchez Chapela, 2019).

37 Los bajos índices de natalidad también es un aspecto a considerar debido a la importancia que este factor tiene desde la perspectiva estratégica (García Roldá, 2020).

38 Respecto del sentimiento patriótico (Espluga Olivera, 2015).

39 Su antecedente, la Ley Orgánica 6/1980, de 1 de julio, por la que se regulan los criterios básicos de ladefensa nacional y la organización militar, establecía en el artículo 36 que “El servicio militar tendrá paralos españoles carácter obligatorio y prioritario sobre cualquier otro servicio que se establezca”. Con relación a la evolución normativa de la defensa nacional cfr. López Ramón, 2007.

40 Real Decreto 1150/2021, de 28 de diciembre, por el que se aprueba la Estrategia de Seguridad Nacional 2021.

41 En dicho documento no hay ninguna referencia expresa al servicio militar obligatorio. En cambio, todos los indicadores de seguridad nacional que pudieran sustentar el debate de la vuelta del mismo, sí que están recogidos y desarrollados.

42 De hecho, Serrano Alberca afirma que "Entiendo que la Constitución contiene en este campo una reserva reforzada que impide a la ley suprimir el servicio militar obligatorio..., puesto que la misma Constitución fija como regla general la obligatoriedad del servicio militar sobre la base del derecho-deber de defender España y sólo permite que la ley concrete las obligaciones y establezca exenciones, pero no autoriza a convertir en excepción la regla general” (Serrano Alberca, 1985, p. 607).

43 En tiempos de crisis, y con menor presupuesto, las plazas ofertadas sufrieron una drástica reducción, superando cada convocatoria anterior al año 2010 las mil plazas, y siendo con posterioridad a esa fecha menos de 150. En este sentido véase Zamora Navarro, 2015, pp.11-12.

44 En contra de la vuelta del servicio militar obligatorio (Varet Peñarrubia, 2021).

45 En este apartado cfr. Doñate Sanz, 2020.

46 Pocas aportaciones doctrinales nos encontramos relativas al servicio militar obligatorio en otros paísesde nuestro entorno a finales del siglo XX (cfr. Aznar de Carlos, 1983).Incluso en otros países de nuestroentorno, como Marruecos véase Guillamó Román, 2024.

47 La Constitución Federal de Austria fue aprobada por la Asamblea Nacional Constituyente el 1 de octubre de 1920.

48 https://www.bbc.com/mundo/ultimas_noticias/2013/01/130120_ultnot_austria_referendo_servicio_militar_jg. Consultado última vez el 17 de enero de 2025.

49 http://www.mfa.gov.cy/mfa/Embassies/Embassy_Madrid.nsf/All/89765BA111B43992C125889A00528138 .Consultado el 17 de enero de 2025

50 https://www.abc.es/internacional/dinamarca-prolonga-servicio-militar-obligatorio-extiende-mujeres20240314121327-nt.html. Consultado última vez el 4 de enero de 2025.

51 https://www.riigiteataja.ee/en/eli/521052015001/consolide. Constitución de la República de Estonia, aprobada el 28.06.1992

52 https://www.elespanol.com/mundo/europa/20240325/letonia-estonia-piden-miembros-europeos-otanreestablecer-servicio-militar-obligatorio/842665816_0.html. Consultado el 27 de diciembre de 2024.

53 https://www.larazon.es/internacional/europa/20221113/mdffl2dbrndjrhufkzswlvjqsm.html.Consultado el 27 de diciembre de 2024.

54 La Constitución de Grecia fue adoptada el 11 de junio de 1975, aun cuando ha tenido modificaciones en los años 1986, 2001 y 2008.

55 https://www.elconfidencial.com/mundo/europa/2023-01-11/suecia-restablece-el-servicio-civil-obligatorio-hasta-2-000-personas-podran-ser-reclutadas_3555431/ consultado el 17 de enero de 2025.

56 https://www.abc.es/internacional/noruega-sigue-pasos-dinamarca-ampliara-numero-reclutas20240402133322-nt.html. Consultado el 17 de enero de 2025.

57 https://www.youtube.com/watch?v=sLDTgwtLmlg. Visualizado por última vez el 4 de enero de 2025.

58 https://elpais.com/internacional/2024-10-10/la-mili-vuelve-al-centro-de-los-balcanes-croacia-y-serbia-anuncian-la-reimplantacion-del-servicio.html. Consultado el 17 de enero de 2025

59 https://galaxiamilitar.es/alemania-aprueba-una-nueva-forma-de-servicio-militar-para-reforzar-las-tropas/ Consultado el 4 de enero de 2025.

60 https://www.eldebate.com/internacional/20230106/plan-macron-revivir-servicio-militar-obligatorio-chocarechazo-jovenes_84330.html. Consultado el 4 de enero de 2025.

61 https://www.larazon.es/espana/defensa/espanoles-sienten-seguros-fuerzas-armadas_202310146529791c90d39d0001164635.html

62 https://www.sigmados.com/encuesta-sigma-dos-el-mundo-el-741-se-siente-orgulloso-de-ser-espanol/, https://www.elmundo.es/espana/encuestas/2024/10/11/6709691ffc6c83e0558b4575.html

Notas de autor

* Teniente Coronel Auditor

Información adicional

Cómo citar : Perote Martínez, P. (2025). La reimplantación en Europa del servicio militar obligatorio: el debate social y político. Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, 25, e9829. https://doi.org/10.17561/rej.n25.9829

Secciones
Revista de Estudios Jurídicos
ISSN: 1576-124X

Num. 25
Año. 2025

LA REIMPLANTACIÓN EN EUROPA DEL SERVICIO MILITAR OBLIGATORIO: EL DEBATE SOCIAL Y POLÍTICO

Palma Perote Martínez
Consejera Técnica del Ministerio de Defensa,España
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