Género y delito

Maria Antonella Pasculli

Género y delito

Revista de Estudios Jurídicos, núm. 22, 2022

Universidad de Jaén

Gender and crime

Maria Antonella Pasculli *

Università degli studi di Bari Aldo Moro, Italia


Recibido: 18 octubre 2021

Aceptado: 24 febrero 2022

Resumen: En este estudio la autora revisa la naturaleza particular de la criminalidad femenina y propone un paradigma criminológico sobre la relación existente entre género y delito. El objetivo de esta investigación sobre la conducta criminal femenina es destacar las tendencias que se aprecian en la criminología presentando una perspectiva general de las teorías sobre dicha criminalidad, para de esta forma explicar la relevancia de la presencia femenina en delitos graves como el crimen organizado. La discusión ofrece un "método de investigación feminista" para estudiar la relación entre género y delito.

Palabras clave: Género; Derecho penal; Criminalidad femenina; Criminología.

Abstract: In this study the author reviews the particular nature of female offending and tries to advance a criminological paradigm on existing relationship between gender and crime. The aim of this research on female criminal behaviors is to highlight evolving trends in criminology by presenting an overview of gender-specific theories to legally explain the relevance of women in serious crime as organized crime. The present debate is intended to offer a `feminist research method to the study of crime and gender.

Keywords: Women; Criminal law; Gender; Organized crime.

Sumario

I. El marco clásico sobre la criminalidad femenina. II. Una revisión de la bibliografía sobre género en la criminología. III. Las mujeres como víctimas y delincuentes. Hacia una criminología feminista. IV. Las mujeres mafiosas. V. Mujeres que se convierten en delincuentes. Los roles de género como forma de aproximación moderna a las asociaciones de tipo mafioso. VI. Conclusiones. La aplicación de una teoría sobre la criminalidad femenina con perspectiva de género. Bibliografía

I. EL MARCO CLÁSICO SOBRE LA CRIMINALIDAD FEMENINA

La escasa contribución de la literatura académica sobre la criminalidad femenina se atribuye habitualmente a dos causas: hay menos criminales de sexo femenino que de sexo masculino (Sutherland y Cressey, 1970); los delitos cometidos por mujeres son considerados “criminológicamente mucho menos interesantes”, menos violentos o menos variados que los cometidos por hombres, según indican Cowie, Cowie y Slater (1968). No obstante, muchos autores se han interrogado acerca de si hombres y mujeres cometen los mismos tipos de delitos (Walklate, 2004); si hombres y mujeres delinquen por las mismas o diferentes razones y finalmente sobre si últimamente se ha producido un cambio en la cantidad y el tipo de delitos cometidos por mujeres (Morris, 1987). El estudio de la criminalidad femenina se ha llevado a cabo por distintas escuelas de pensamiento criminológico desde finales de 1800.

Al principio, la temprana escuela tradicional pretendía explicar la etiología de la actividad criminal femenina enfatizando los factores fisiológicos y psicológicos relacionados con la “naturaleza de la mujer”. En 1893 Lombroso y Ferrero escribieron el primer estudio importante sobre la criminalidad femenina.

Los orígenes de la identificación de las mujeres criminales con la masculinidad se encuentran en los inicios del propio positivismo criminológico. La obra de Lombroso y Ferrero sobre La mujer delincuente identificaba los rasgos masculinos manifiestos en la mujer delincuente De acuerdo con Lombroso, las mujeres no estaban biológicamente predispuestas a romper la ley, siendo por naturaleza poco imaginativas y conformistas. Esto no supondría una mayor capacidad de las mujeres para la moralidad, sino que más bien su conformismo se debería a su disposición pasiva. Lombroso argumentaba que las mujeres criminales tenían una apariencia física más masculina que las mujeres “normales” y también un mayor número de defectos y anormalidades físicas, incluyendo irregularidades del hueso occipital, frente estrecha, pómulos prominentes y un tipo masculino de rostro (Mallicoat y Estrada Ireland, 2014).

Siguiendo el esquema biológico de Lombroso, Thomas (1907) subrayó la importancia de las diferencias físicas entre los sexos y describió la criminalidad femenina como una respuesta “normal” en ciertas condiciones sociales. Las mujeres, de hecho, pertenecerían a una clase no libre; son esclavas en una clase no libre. De manera similar a Lombroso, Thomas analizó el cerebro femenino y su peso. A su pesar, llegó a la conclusión de que las mujeres funcionaban intelectualmente igual que los hombres, pero sufrían influencias sociales.

Pocos años más tarde, en The Unadjusted Girls, el sociólogo escribió que “el comienzo de la delincuencia en las chicas es normalmente un impulso dirigido a divertirse, a conseguir aventuras, ropa bonita, atención favorable, distinción y libertad, en resumen” (Thomas, 1923), citando un estudio relativo a 647 prostitutas que describía cómo el bajo estatus económico, las deplorables condiciones de la vivienda y la falta de educación de estas muchachas representaban la verdadera razón para empezar a ejercer como prostitutas (Mann, 1984).

En el momento de emergencia de la sociología de la conducta desviada, Sheldon y Eleanor Glueck compararon las infancias y antecedentes criminales de 500 hombres que cumplían condenas de prisión en el reformatorio de Massachusetts en Five Hundred Criminal Careers (1930), con el estudio de 500 mujeres y niñas que cumplían condena en el mismo reformatorio (Five Hundred Delinquent Women, 1934), distinguiendo a las mujeres delincuentes de sus contrapartidas masculinas y buscando las formas de reincidencia entre las mujeres.

El tratado de Otto Pollak, The criminality of women, insistió por su parte en la importancia de los factores biológicos y psicológicos, “las fases generativas de las mujeres”, esto es, la menstruación, el embarazo, la menopausia, cada una de las cuales se ve afectada por cambios hormonales, afirmando que en estos momentos la “perturbación del equilibrio emocional del individuo promueve la actividad criminal” (Pollak,1950). El sociólogo enfatizaba tres factores sociales que serían la base de la criminalidad femenina: el doble estándar de moralidad sexual que se acompaña con el deseo de venganza; las técnicas publicitarias modernas que estimulan la necesidad de consumir; y el empleo de las mujeres como domésticas, que provoca la comisión de delitos por la frustración derivada de las privaciones (Pollak, 1950).

Desde la misma perspectiva, Gisela Konopka en su libro The adolescent girl in conflict, estudió a varios cientos de chicas adolescentes delincuentes en instituciones de Minnesota, centrando las causas del crimen femenino en los problemas emocionales, concretamente en la soledad y la sexualidad (Konopka, 1966). La tarea de explicar la criminalidad femenina a través de la fisiología y la psicología se convierte en una explicación basada en factores económicos y sociales. De forma similar a Pollak y Konopka, en su monografía sobre Delinquency in Girls, Cowie, Cowie y Slater utilizaron los conceptos de masculinidad, feminidad, para analizar la cara femenina de la delincuencia. La diferencia fisiológica entre la mujer delincuente y el hombre delincuente se destaca: la mujer delincuente es demasiado masculina. “La energía, agresividad, capacidad de acción y rebelión para romper con hábitos conformistas” representaba una posible explicación de la predisposición a delinquir (Cowie, Cowie y Slater, 1968).

Del mismo modo, Vedder y Somerville (The delinquent girl) subrayaron la importancia de las patologías individuales y familiares, explicando que la delincuencia es “simplemente el resultado de falta de ajuste al rol femenino normal” (citado por Belknap, 2007). En todas partes las mujeres delincuentes son retratadas como monstruos, inadaptadas y manipuladoras (Comack, 2006).

Básicamente, la escuela positiva creía que el comportamiento de la mujer estaba determinado biológicamente, como un desafío menor al rol de género tradicional, sin referencia ninguna a los factores económicos y sociales y con validez científica limitada. Además, las teorías basadas en el determinismo biológico han ejercido influencia en las primeras teorías psicológicas sobre la criminalidad femenina relativas a las reacciones psicológicas de las mujeres.

La sexualidad de las mujeres se convirtió en la raíz de toda causa y explicación de la criminalidad. Como cantinela del manifiesto freudiano “Anatomía como Destino” (citado por Belknap, 2007), la “envidia del pene” representó la aproximación psiquiátrica a la explicación de la delincuencia femenina; la mujer desviada es una mujer que quiere ser un hombre y que busca su propio pene (crítica en Belknap, 2007).

Blos, por ejemplo, afirmó que “en la muchacha, parece, la delincuencia es un acto sexual evidente, o mejor dicho, una forma de expresión sexual” (Blos, 1957). Esta teoría se basa en factores pre-edípicos, que determinan la etiología de la delincuencia femenina, identificando dos tipos de delincuente: los que retornaban a la madre pre-edípica y los que se aferraban al desarrollo psico-sexual. La conclusión de Blos parece apocalíptica: “la delincuencia femenina es mucho más profundamente auto-destructiva e irreversible en sus corrosivas consecuencias que la masculina” (Blos, 1969). La misma posición era sostenida por Herskovitz. Este autor subrayaba que “la expresión predominante de la delincuencia en las chicas en nuestra sociedad es el comportamiento sexual promiscuo”, orientado a ser igual que los chicos, como manifestación de la envidia del pene, en un esfuerzo por defenderse de impulsos homosexuales inconscientes (Blos, 1969).

Además de la teoría freudiana, otras perspectivas analizaron las reglas patriarcales de la sociedad. La criminalidad de las mujeres está basada en relaciones en la familia, con los padres. Ackerman, por ejemplo, puso de manifiesto que la familia tendría a estimular y facilitar la expresión del comportamiento sexual adolescente. Esta “hipocresía defensiva de los padres” llevaba a las chicas a descargar su agresividad contra la propia familia rebelándose por medio de una mala conducta sexual (1969, 45-50).

Los críticos de estos tempranos teóricos de la criminalidad femenina se quejaban de u propensión a explicar las diferencias de género en cuanto a la criminalidad en términos de la sexualidad femenina. Los prejuicios sexistas de los criminólogos masculinos también se criticaban por afirmar que el género femenino carecía de racionalidad (Smart, 1976, p. 29). El análisis de la criminalidad femenina, expresaba en los libros y artículos científicos mencionados, es de hecho equivocado, pero en el contexto de los estudios de género simbolizó el primer – e importante – paso en el desarrollo de las perspectivas criminológicas.

II. UNA REVISIÓN DE LA BIBLIOGRAFÍA SOBRE GÉNERO EN LA CRIMINOLOGÍA

Un paso atrás. Para evitar los posibles estereotipos sobre las mujeres y las niñas, causados por el número reducido de figuras femeninas en los ensayos, Daly y Chesney Lind (1988) han empleado una teoría del delito neutral en cuanto al género, centrándose en por qué (o por qué no) el delincuente se involucra en el delito. Travis Hirschi (1969) llevó a cabo una evaluación muy conocida. La teoría del control ha pretendido explicar por qué la gente obedece la ley o no lo hace para prevenir la comisión de delitos, sobre la base de cuatro elementos, o vínculos. Hirschi denominó a los cuatro vínculos relaciones sociales (1), refiriéndose al vínculo expresado por los valores de la sociedad, como resultado de las relaciones con la familia, las instituciones, los amigos; implicación (2), en referencia a la inversión que la gente hace en valores normativos; estructura de oportunidades (3), en referencia al nivel de participación de cada uno en actividades convencionales; creencias (4), en referencia a la aceptación general de las reglas sociales en general.

En este marco lógico, el comportamiento de hombres y mujeres adecuado a los valores legales y normativos de la sociedad, con vínculos positivos con los padres y amigos, se ve inhibido. Si uno obedece las reglas convencionales, es más complicado violarlas. De acuerdo con Hirschi, “cuando más vinculado esté un niño a sus padres, más unido estará a sus expectativas, por lo que más probable es que se adecue a las normas legales del sistema más amplio” (Hirschi, 1969).

Las familias pueden suponer uno de los inhibidores más fuertes de la delincuencia. De forma similar al SCT (Huebner y Betts, 2002) el fuerte vínculo con padres o adultos podría ser un factor protector para las jóvenes. A las muchachas, en efecto, les gusta compartir los detalles de sus vidas con sus padres. Por el contrario, los jóvenes son más discretos sobre sus vidas. Esta es la razón por la que para ellos es más fácil desviarse de las normas y valores sociales.

La relación entre género y familia ha sido explorada con mayor detalle en la teoría del poder/ control (PCT). La investigación llevada a cabo por Hagan, et al. (1987) distingue los efectos del género en la delincuencia en hogares patriarcales, en hogares igualitarios, en hogares monoparentales. Cuando los roles son equivalentes - hogares en los que hay menos sexismo entre mujeres y hombres -, debería haber menos diferencias de género a la hora de involucrarse en comportamientos delictivos. Hijos e hijas deberían ser equivalentes en lo que respecta al comportamiento criminal. En otro estudio sobre diferencias de género vinculadas a relaciones familiares (Hill y Atkinson, 1988), las muchachas parecen más afectadas por el apoyo materno, mientras que los jóvenes por el paterno (citado en Belknap, 2007).

Una interesante explicación de la delincuencia se encuentra en la teoría de la tensión, apoyada por diversas cuestiones. De acuerdo con Merton (1938, 1948), la tensión y la frustración son dos elementos fundamentales del aumento de la criminalidad. Ocurre cuando los individuos aprenden las mismas salidas en sus experiencias vitales, pero se les niega el mismo acceso a la forma de conseguir legítimamente esos objetivos (citado en Belknap, 2007). Cohen (1955) adaptó la Teoría de la Tensión de Merton destacando el desarrollo de grupos delictivos entre los jóvenes de la clase trabajadora de los Estados Unidos, retratando a las muchachas como aburridas y únicamente capaces de expresar su delincuencia a través de la promiscuidad sexual (Mann, 1984).

Agnew (1985, 1992) interpretó la teoría como Teoría de la Tensión General (General Strain Theory, GST), centrándose en tres fuentes potenciales de tensión: el fracaso a la hora de conseguir objetivos positivos (1); la pérdida de influencias positivas (2); la aparición de influencias negativas (3). La GTS puede utilizarse para explicar diferencias de género en el delito, analizando las experiencias masculina y femenina ligadas a diferentes tipos de tensión. Las chicas, por ejemplo, tienden más a experimentar tensión como resultado de la violencia en el hogar – física, emocional, sexual -, lo que las lleva a escapar de casa o abusar de las drogas. La tensión puede manifestarse como ira en chicos y chicas, específicamente como estallidos emocionales en el caso de los primeros y de conductas auto-destructivas en el caso de las segundas (para una crítica de estas afirmaciones, Belknap, 2007).

Otra teoría que se ha utilizado frecuentemente para explicar las causas de la delincuencia es la teoría de la asociación diferencial (Sutherland y Cressey, 1974). La TAD se expresaba en múltiples postulados básicos: la conducta criminal se aprende (1); la conducta criminal se aprende interactuando con otras personas en un proceso comunicativo (2); la parte principal del aprendizaje de la conducta criminal tiene lugar en grupos de personas que comparten intimidad (3); cuando la conducta criminal es aprendida, el aprendizaje incluye (a) técnicas de comisión del delito, que a veces son muy simples; (b) la dirección concreta de motivos, impulsos, racionalizaciones y actitudes (4); la dirección concreta de los motivos e impulsos se aprende de las definiciones de los códigos legales como favorable o desfavorable (5); una persona se hace delincuente por un exceso de definiciones favorable a la violación de la ley frente a las definiciones desfavorables a la violación de la ley (6); la asociación diferencial puede variar en frecuencia, duración, prioridad e intensidad (7); el proceso de aprendizaje de la conducta criminal por asociación con pautas de conducta criminales y anti-criminales afecta a todos los mecanismos que se ven afectados en cualquier otro aprendizaje (8); mientras que la conducta criminal es una expresión de necesidades y valores generales, no se explica por esas necesidades y valores, puesto que la conducta no criminal es una expresión de las mismas necesidades y valores (9).

Pese a la promesa de una teoría no específica por razón de sexo, los autores raramente se refieren a las chicas y cuando lo hacen las consideran como un grupo uniforme e insignificante en relación con la cultura dominante (Belknap, 2007). Una reciente investigación de Silverman y Caldwell (2008) ha añadido que la fuerza de las relaciones entre iguales juega un papel crucial, puesto que los índices de conducta criminal violenta aumentan si el grupo de iguales considera la delincuencia un comportamiento aceptable. No se ha tenido en cuenta la delincuencia femenina.

Otra teoría moderna para explicar las causas de la criminalidad femenina es Life course theory (Sampson y Laub 1993). Estos autores sugieren que los acontecimientos de la vida de cada uno pueden permitir descubrir por qué algunos se involucran en el crimen y resaltan la importancia de la adolescencia como un momento instrumental en el desarrollo de conductas criminales. Tampoco en este caso estamos discutiendo una teoría feminista del delito. En 2009, Thompson y Petrovic investigaron los efectos que el matrimonio, la educación, el empleo y los hijos tienen sobre mujeres y hombres en relación con el consumo de sustancias ilegales. Sus conclusiones son mixtas.

III. LAS MUJERES COMO VÍCTIMAS Y DELINCUENTES. HACIA UNA CRIMINOLOGÍA FEMINISTA

Una revolución femenina en la criminología se debe a los trabajos de Simon (1975) y Adler (1975). The Contemporary Women and crime, de Simon (1975), un extenso análisis de los informes criminales uniformes a lo largo de un período de diez años, ha subrayado que las mujeres cometen una mayor proporción de delitos contra el patrimonio como respuesta a su “liberación” de los tradiciones roles y restricciones de género. El acceso a posiciones de cuello blanco ha facilitado la comisión de actos de apropiación indebida, estafa, falsificación. Los delitos violentos han experimentado, por su parte, un modesto incremento.

En Sisters in Crime: The Rise of the New Female Criminal, Adler predijo tasas crecientes de criminalidad femenina como resultado de la emancipación de las mujeres y su creciente participación en el mercado laboral. De acuerdo con Adler, los cambios en la definición del rol del sexo femenino han llevado a un aumento de la cantidad y gravedad de la actividad criminal femenina. El criminólogo escribió que “el movimiento a favor de la igualdad real tiene un lado oscuro que ha sido obviado incluso por la comunidad científica. De la misma forma que las mujeres exigen igualdad de oportunidades en el cambio de la empresa legítima, un número similar de mujeres decididas están abriéndose camino en el mundo de los delitos graves” (Adler, 1975).

La teoría de Adler de que las mujeres se están pareciendo cada vez más a los hombres ha sido criticada por su asunción implícita de que los hombres son la norma con la cual las mujeres son medidas y estudiadas (Naffine, 1996). De acuerdo con Adler, las mujeres pretenderían ser como los hombres, emularlos y buscar las mismas oportunidades y riesgos. Este enfoque parece marginar a las mujeres de su propio género (Cain, 1990).

Las estrategias que Cain identifica como constituyentes de una criminología revolucionaria son de tres tipos: reflexividad, deconstrucción y reconstrucción. El primer elemento requiere que todas las preocupaciones de mujeres y niñas se tomen seriamente. En el segundo paso los investigadores tienen que reconocer la evaluación realista de las mujeres y ser capaces de deconstruir su lógica interna. Finalmente, la tercera estrategia supone una visión política: “refleja el reconocimiento de que muchas mujeres conocen la dolorosa división entre que lo que sienten y cómo viven. Es en este salto que se constituye la promesa de posibilidad política y cambio social” (Walklate, 2004).

La teoría, conocida como Hipótesis de Liberación/Emancipación de la Mujer (WLEH), ha enfatizado por Naffine (1987), a través de algunos puntos: la competitividad de las mujeres traída por el feminismo (1); el aumento de oportunidades estructurales y lugares donde las mujeres pueden cometer delitos (2); las mujeres ganan en igualdad (3); comportamientos femeninos similares a los masculinos (4); la naturaleza - inherentemente masculina - del crimen (5). Sobre esa base la delincuencia aumentará con una mejora de las oportunidades, por el contrario para la tensión anterior y la teoría de clases (Belknap, 2007).

La emergencia de la criminología feminista evidencia los temas de roles de género y socialización para señalar patrones de criminalidad femenina. Muchos estudiosos han comenzado a discutir sobre la identidad, el origen y las razones del delincuente femenino. Las preguntas formales son: ¿quién es ella? ¿De dónde viene? ¿Por qué cometió un crimen? De acuerdo con un enfoque de vías feministas, Belknap (2007) ha identificado un ciclo de violencia - para las mujeres delincuentes - que comienza con su propia victimización y los resultados con su participación en el comportamiento delictivo. Hay múltiples estudios que vinculan a las mujeres victimizaciones infantiles con su posterior ofensa (ex pluris Walklate, 2012).

Belknap y Holsinger (1998) describieron cómo el ingreso a la delincuencia para niños y niñas es una experiencia de género. Sugirieron que el papel de la victimización en la historia de las mujeres encarceladas puede ser una de las contribuciones más significativas para la criminología feminista. Las mujeres reportan altos casos de abuso físico, emocional y sexual a lo largo de su vida. Similar a Belknap, la investigación de Holsinger, el estudio de Wesely explica el vínculo entre la victimización y la criminalidad en la niñez femenina, donde "se encuentran en un nexo de impotencia, sexualización y explotación específicas de género, vulnerabilidad económica e indigencia, y alienación y exclusión social" (Wesely, 2006).

Este vínculo permite sostener que las mujeres aceptan la violencia en su vida como un acontecimiento normal y que el "trauma" influye para siempre en sus procesos de toma de decisiones. Así, por ejemplo, la sexualidad podría utilizarse para manipular y controlar a otros como resultado de abusos sexuales previos, experimentados por padres o familiares. El enfoque feminista examina el ciclo que comienza con la victimización y conduce a la delincuencia. La experiencia de abuso se correlaciona con la propensión a involucrarse en conductas delictivas e indica qué tipo de delitos podrían cometer las niñas. Para las tendencias recientes de la criminología feminista podemos referirnos a Walklate (2004) y, recientemente, a Renzetti (2013), que siguen creando oportunidades para vincular su investigación y activismo por la vida de las mujeres.

IV. LAS MUJERES MAFIOSAS

El trabajo Woman and the Mafia, Female Roles in Organized crime structures (Fiandaca, 2007), ha supuesto un seguimiento de las mujeres involucradas en asociaciones criminals mafiosas, como la Camorra napolitana, la ´Ndrangheta calabresa, la Cosa Nostra siciliana, la Sacra Corona Unita y otras asociaciones criminales internacionales presentes en Albania, Argentina, Brasil, Japón, Alemania, Rusia o Estados Unidos.

La perspectiva femenina retrataba la evolución de las mujeres como parte de un sistema de apoyo (estadio uno); como mecanismo de defensa de sus hombres (estadio dos); como delincuentes autónomos (estadio tres). Durante la última década las mujeres han ido participando más, convirtiéndose en protagonistas de las actividades de la Camorra, más allá del modelo tradicional de subordinación femenina (Allum, 2007). Siebert subrayó las tendencias emergentes en el contexto de la Mafia calabresa, centrándose en la hipótesis emancipadora y en la hipótesis de género. Evaluó la actividad individual femenina como apoyo, delegación temporal de poder o incluso reparto de poder, cuestionando “¿de qué y de quién depende que una orden sea cumplida por parte de los miembros de la organización?” (Siebert, 2007).

En la Sacra Corona Unita se ha señalado la función principal de las mujeres como mensajeras, recolectoras del dinero (Massari y Motta, 2007), administradoras y, por último, incluso consejeras. Las mensajeras son mujeres sin cualidades especiales que son capaces de eludir posibles controles por parte del personal de seguridad. En Apulia este papel representa un “salto cualitativo” desde el término medio de las funciones delictivas, que permite conectar la cárcel con el exterior. Hay mujeres que mantienen la relación entre el mundo de la prisión y la asociación mafiosa, memorizando y reproduciendo decisiones o transportando papeles, como miembros pasivos, y mujeres que toman parte en distintas actividades (tráfico de drogas, contrabando de tabaco o chantajes).

Como recaudadoras de dinero las mujeres tienen la obligación de recolectar cantidades de dinero. El trabajo asignado consiste en apoyar a la organización criminal durante la ausencia de los hombres, porque estos se encuentran en prisión o están escondidos, ocultándose. En una posición activa y temporal de la mujer, el papel de las mujeres se convierte en estratégico en procesos comunicativos y cuando mantiene una imagen respetable de la organización en la relación entre la esfera pública y la privada (Dino, 2007). Finalmente, en sus carreras criminales las mujeres reparten instrucciones, mandan a los miembros a realizar una actividad y no otra y gestionan ciertos sectores de mercados criminales, llegando a desempeñar el papel directivo propio de quien es consultado sobre cuestiones criminales, tales como conflictos con bandas rivales o la distribución del poder en la familia (fuentes judiciales aportadas por Massari y Motta, 2007).

V. MUJERES QUE SE CONVIERTEN EN DELINCUENTES. LOS ROLES DE GÉNERO COMO FORMA DE APROXIMACIÓN MODERNA A LAS ASOCIACIONES DE TIPO MAFIOSO.

La doctrina internacional se ha interesado en la relación entre género y delincuencia, en relación con el papel de la mujer en el crimen organizado. En 1983, durante los procesos contra la “Cosa Nostra”, un juez “lombrosiano” declaró que las mujeres no podían ser culpables de blanqueo de capitales “porque no son autónomas y en cualquier caso son demasiado estúpidas para participar en el difícil mundo de los negocios (Longrigg, 1998). Apenas unos años más tarde, el estudio de casos y sentencias han probado el papel activo que desempeñan las mujeres en las asociaciones de tipo mafioso en el sur de Italia.

Básicamente sobre la investigación argumenta Fiandaca cómo la condición femenina depende del llamado “criminal endógeno”, así como de aspectos históricos, códigos culturales, las estructuras típicamente horizontales de los delitos asociativos y / o de factores exógenos, “tales como el contexto económico, las interferencias sociales” (Fiandaca, 2007). La mafia se suele retratar como una jerarquía conservadora dominada por los hombres y las “mujeres mafiosas son percibidas como santas madres. La tradicional visión de la esposa mafiosa es una de sacrificio, lealtad y silencio: apoyar a su hombre en los malos tiempos y educar a los hijos para que sean perfectos gánsteres” (Longrigg, 1998).

¿Cuándo y por qué se unen las mujeres al fenómeno mafioso? No hay razones para debatir sobre la frase “no hay mujeres en la mafia”. Oficialmente las mujeres no formaban parte de ninguna asociación en ningún lado. Sus deberes se restringían a los hijos y el cuidado del hogar. En el modelo tradicional podemos distinguir roles femeninos activos y pasivos. Como sujeto pasivo, son en efecto las mujeres mafiosas quienes garantizan el buen nombre de los hombres mafiosos casándose con la persona “adecuada” y aliándose con otras familias mafiosas. Como sujetos activos, las mujeres transmiten las verdades y valores del código mafioso al educar a los niños (Ingrasci, 2007). El cambio de tendencia en la criminalidad femenina ha sido causado por cambios políticos, sociales e históricos, por una parte, y por cambios dentro del crimen organizado, por otra.

Adoptando un rol auxiliar y de apoyo, las mujeres han empezado a llevar a cabo actividades criminales más importantes, como recolectoras de dinero o drogas en el mercado ilegal internacional, como gestoras de negocios, como agentes envueltas en la criminalidad económica. Esto no es todo. La evolución cultural de una “ambigua” emancipación ha tomado cuerpo en la colaboración – al principio – y – al final – el simultáneo liderazgo de las mujeres.

Mi investigación sobre la participación activa de mujeres en las organizaciones mafiosas de Apulia contiene los resultados del análisis de las fuentes judiciales más importantes relativas a la Sacra Corona Unita y especialmente los clanes organizados de Bari y entorno (Pasculli, 2009). Usando métodos estrictamente empíricos, analizo procesos legales en los que están involucradas mujeres procesadas y condenadas por delitos de asociaciones de tipo mafioso u otros crímenes menores conectados a ellas, como chantaje, contrabando de tabaco, tráfico de drogas. Una lectura de estas decisiones sin publicar muestra muchas funciones de las mujeres, y una evolución relevante del comportamiento criminal femenino. Sobre la base de estos documentos y de datos estadísticos intentaré aplicar las teorías de género a la participación femenina en las asociaciones mafiosas. De acuerdo con la ideología de género, “quebrantar la ley tiene género: los hombres tienen muchas más probabilidades que las mujeres de quebrantar la ley”. Por el otro lado, “la naturaleza del abuso y la victimización violenta también tiene género” (Belknap, 2007).

Básicamente, mujeres y niñas, tanto víctimas como delincuentes, han sido dejadas de lado por los estudios jurídicos y criminológicos o, cuando se las ha incluido, ha sido típicamente de forma sexista, como – por ejemplo – la ley núm. 66/96 que establece “normas contra la violencia sexual”, que convirtió el delito de abuso sexual de un delito contra “la moralidad y la decencia públicas” en un delito contra las personas, que introdujo los delitos de violencia sexual (art. 609 bis del Código Penal italiano), o el Decreto Ley núm. 11 de 2009 que introdujo la conducta de stalking tal y como se describe en el art. 612 bis del Código Penal, y de forma estereotípica, como – por ejemplo – la discusión sobre la manifestación más extrema de las formas de violencia que existen contra las mujeres, el llamado feminicidio, tolerado o justificado por instituciones públicas y funcionarios con la impunidad como norma.

La aplicación de las diferencias de género en el derecho penal podría ser útil para comprender todo acerca de los delitos cometidos por mujeres, teniendo en cuenta al menos cuatro elementos fundamentales (Schwartz y Steffensmeier, 2008): la organización del género (diferencias en las normas, desarrollo moral, control social y preocupaciones relacionales, así como diferencias reproductivas, sexuales y otras diferencias físicas); el acceso a la oportunidad penal (sexismo del inframundo, diferencia en el acceso a las habilidades, asociados del crimen y entornos); la motivación del delito (diferencia en el gusto por el riesgo, el autocontrol, los costos-beneficios, los acontecimientos estresantes); el contexto de la delincuencia (diferencias en las circunstancias de determinados delitos, como el entorno, la relación víctima-delincuente, el uso de armas).

VI. CONCLUSIONES. LA APLICACIÓN DE UNA TEORÍA SOBRE LA CRIMINALIDAD FEMENINA CON PERSPECTIVA DE GÉNERO

En los medios de comunicación italianos aparecen regularmente historias sobre mujeres y delito, en las que la violencia cometida por mujeres y contra mujeres se presenta como un problema nuevo, crecientemente político y social. A pesar del aumento de la preocupación, poco se sabe actualmente sobre el comportamiento de las mujeres o sus experiencias al involucrarse en la comisión de delitos de naturaleza asociativa. Hemos explorado una forma distinta de pensar sobre el mundo de la delincuencia femenina y el modo en que estas formas distintas han encontrado una forma de expresión en la criminología. En esta revisión de la literatura académica sobre las explicaciones de la criminalidad femenina han quedado sin resolver algunas cuestiones debido a los esfuerzos realizados para ver todos los modelos de género a través del cristal del mundo masculino.

Los casos propuestos pueden documentar la evidencia de la relación entre mujeres y criminalidad organizada. La participación de mujeres en asociaciones criminales de tipo mafioso (como miembros dirigentes o simples afiliados) puede entenderse mejor cuando se tiene en cuenta una teoría de la criminalidad femenina con perspectiva de género (Schwartz y Steffensmeier, 2008). Al aplicar este modelo a nuestra investigación “sobre la organización de género”, podemos entender la asociación criminal de tipo mafioso como un área de acceso restringido a la oportunidad criminal porque las mujeres tienen menos posibilidades de obtener trabajos “lícitos” que les darían oportunidades para el hurto, el tráfico de drogas y otras actividades ilícitas. Esto supone una ruptura de las tendencias actuales. “En general, la participación femenina es: más elevada en aquellos crímenes que son más consistentes con las normas tradicionales de género y en los cuales las mujeres tienen una mejor oportunidad; y más baja en aquellos crímenes que divergen más de las normas tradicionales y en los cuales las mujeres tienen menores oportunidades” (Schwartz y Steffensmeier, 2008).

Los delitos de las mujeres se han expandido más en aquellas áreas de la criminalidad que son más leves o que suponen un escaso ejercicio de la fuerza física. En un mundo globalizado las mujeres se mueven cada vez más hacia roles no tradicionales, lo que podría tener un gran impacto en los niveles y tipos de intervención criminal.

VII. BIBLIOGRAFÍA

Ackerman, N. W. (1969). Sexual Delinquency Among Middle-class Girls. En O. Pollak et al. (eds.), Female Dynamics and Female Sexual Delinquency (pp. 45-50). Palo Alto: Science and Behavior books.

Adler, F. (1975). Sisters in Crime: The Rise of New Female Criminal. New York: McGraw-Hill.

Agnew, R. (1985). A Revised Theory of Delinquency. Social Forces, 64, 151-167. https://doi.org/10.2307/2578977

Agnew, R. (1992). Foundation for a General Strain Theory of Crime and Delinquency. Criminology, 30, 47-88. https://doi.org/10.1111/j.1745-9125.1992.tb01093.x

Allum, F. (2007). Doing it for Themselves or Standing in for Their Men? Women in Neapolitan Camorra (1950-2003). En G. Fiandaca (ed.), Women and the Mafia. Female Roles in Organized Crime Structures (pp. 9-18). New York: Springer. https://doi.org/10.1007/978-0-387-36542-8_2

Belknap J. & Holsinger K. (1998). An Overview of Delinquent Girls: How Theory and Practice have Failed and the Need for Innovative Changes. En R. T. Zaplin (ed.), Female Crime and Delinquency: Critical Perspective and Effective Interventions (pp. 31-64). Gaithersburg: Aspen Publishing.

Belknap, J. (2007). The invisible woman. Gender, Crime and Justice (3rd. ed.). Belmont: Thomson Wadsworth.

Blos, P. (1969). Three Typical Constellations in Female Delinquency. En O. Pollak, et al. (eds.), Female Dynamics and Female Sexual Delinquency (pp. 99-110). Palo Alto: Science and Behavior books. https://doi.org/10.1080/00797308.1957.11822811

Blos, P. (1957). Preoedipal Factors in the Etiology of Female Delinquency. Psychoanalytic Study of the Child,12, 222-249.

Cain, M. (1990). Towards Transgression: New Directions in Feminist Criminology. International Journal of the Sociology of Law, 18, 1-18.

Chesney-Lind, M., & Hagedorn J. M. (1999). Female Gangs in America. Essay on Girls, Gangs and Gender. Chicago: Lake View Press.

Cohen, A. K. (1955). Delinquent Boys: The Culture of the Gang. New York: Free Press.

Comack, E. (2006). The Feminist Engagement with Criminology. En G. Balfour & E. Comack (eds.), Criminalizing Women, Gender and (In) Justice in Neo-liberal Times (pp. 22-54). Fernwood Publishing.

Cowie, J., Cowie, V., & Slater, E. (1968). Delinquency in Girls. London: Hienemann.

Daly, K., & Chesney Lind, M. (1988). Feminism and Criminology. Justice Quarterly, 5(4), 497-538. https://doi.org/10.1080/07418828800089871

Dino, A. (2007). Symbolic Domination and Active Power: Females Roles in Criminal Organizations. En G. Fiandaca (ed.), Women and the Mafia. Female Roles in Organized Crime Structures (pp. 67-86). New York: Springer. https://doi.org/10.1007/978-0-387-36542-8_6

Fiandaca, G. (ed.) (2007). Women and the Mafia. Female Roles in Organized Crime Structures, New York: Springer. https://doi.org/10.1007/978-0-387-36542-8

Glueck, S., & Glueck, E. (1930). Five Hundred Criminal Careers. New York: Knopf.

Glueck, S., & Glueck, E. (1934). Five Hundred Delinquent Women. University of Pennsylvania Law Review, 83(4), 551-553. https://doi.org/10.2307/3307961

Hagan J., et al. (1987). Class in Household: A Power Control Theory of Gender and Delinquency. American Journal of Sociology, 92, 788-816. https://doi.org/10.1086/228583

Herskovitz, H. H. (1969). A Psychodynamic View OF Sexual Promiscuity. En O. Pollak, et al. (eds.), Female Dynamics and Female Sexual Delinquency (pp. 79-98). Palo Alto: Science and Behavior books.

Hill, G. D., & Atkinson, M. P. (1988). Gender Familiar Control and Delinquency. Criminology, 28, 601-626.

Hirschi, T. (1969). Causes of Delinquency. Berkeley: University of California Press.

Huebner, A. J., & Betts S. C. (2002). Exploring the Utility of Social Control Theory for Youth Development: Issues of Attachment, Involvement and Gender. Youth & Society, 34(2), 123-145. https://doi.org/10.1177/004411802237860

Ianni, F. A. J. (1980). The New Mafia. En D. H. Kelly (ed.), Criminal Behavior. Reading in Criminology (pp. 343-358). New York: San Martin Press.

Ingrasci’, O. (2007). Donne d’onore. Storie di mafia al femminile. Milano: Bruno Mondadori.

Konopka, G. (1966). The Adolescent Girl in Conflict. Englewood Cliffs: Prentice Hall.

Lombroso, C., & Ferrero, G. (1895). The Female Offender. New York: Barnes and Company. https://doi.org/10.1037/14150-000

Longrigg, C. (1998). Mafia Women. London: Vintage.

Mallicoat, S. L., & Estrada Ireland, C. (2014). Women and Crime. The Essentials. Sage Publications.

Mann, R. C. (1984). Female Crime and Delinquency. Montgomery: The University of Alabama Press.

Massari, M., & Motta, C. (2007). Women in the Sacra Corona Unita. En G. Fiandaca (ed.), Women and the Mafia. Female Roles in Organized Crime Structures (pp. 53-66). New York: Springer. https://doi.org/10.1007/978-0-387-36542-8_5

Merton, R. (1938). Social Structure and Anomie. American Sociological Review, 3, 672-682. https://doi.org/10.2307/2084686

Merton, R. (1948). Social Theory and Social Structure. Glencoe: Free Press.

Morris, A. (1987). Woman, Crime and Criminal Justice. Oxford: B. Backwell.

Naffine, N. (1987). Female Crime: The Construction of Women in Criminology. Sydney: Allen and Unwin.

Naffine, N. (1996). Feminism and Criminology. Philadelphia: Temple University Press.

Pasculli, M. A. (2009). Il ruolo della donna nell’organizzazione criminale: il caso barese. Rivista di criminologia, vittimologia e sicurezza, 2, 80-97. https://www.vittimologia.it/rivista/articolo_pasculli_2009-02.pdf

Pasculli, M. A. (2011). Organized Crime in Italy: the Puglia Mafia. Prima Facie, 10(18), 253-292. https://periodicos.ufpb.br/index.php/primafacie/article/view/10171

Pollak, O. (1950). The Criminality of Women. Philadelphia: University of Pennsylvania Press.

Renzetti, C. (2013). Feminist Criminology. London: Routledge. https://doi.org/10.4324/9780203930311

Sampson, R. J., & Laub, J. H. (1993). Turning Points in the Life Course. Why Change Matters to the Study of Crime. Criminology, 31, 301-325. https://doi.org/10.1111/j.1745-9125.1993.tb01132.x

Schwartz, J., & Steffensmeier, D. (2008). The Nature of Female Offending: Patterns and Explanation. En R. T. Zaplin (ed.). Female Offenders. Critical Perspectives and Effective Interventions (2nd. Ed., pp. 43-75). Jones and Bartlett Publishers.

Siebert, R. (2007). Mafia Women: the Affirmation of a Female Pseudo-Subject. The Case of ´Ndrangheta. En G. Fiandaca (ed.). Women and the Mafia. Female Roles in Organized Crime Structures (pp. 19-46). New York: Springer. https://doi.org/10.1007/978-0-387-36542-8_3

Silverman J. R., & Caldwell, R. M. (2008). Peer Relationships and Violence among Female Juvenile Offenders: An Exploration of Differences among Four Racial/ethnic Populations. Criminal Justice and Behavior, 35(39), 333-343. https://doi.org/10.1177/0093854807311114

Simon, R. (1975). The Contemporary Women and Crime. Rockville: National Institute of Mental Health, Crime and Delinquency Issues.

Smart, C. (1976). Women, Crime and Criminology: A Feminist Critique. London: Routledge and Kegan Paul.

Sutherland, E., & Cressey, D. (1974). Criminology (9th. ed.). Philadelphia: H.B. Lippincott.

Thomas, W. I. (1907). Sex and Society. New York: New American Library.

Thomas, W. I. (1923). The Unadjusted Girl. Boston: Little Brown.

Thompson, M., & Petrovic, M. (2009). Gendered Transitions: Within Person Changes in Employment. Family and Illicit Drug Use. Journal of Research in Crime and Delinquency, 46(3), 377-408. https://doi.org/10.1177/0022427809335172

Vedder, C., & Somerville, D. (1970). The Delinquent Girl. Springfield: Charles Thomas.

Walklate, S. (2004). Gender, Crime and Criminal Justice (2nd. Ed.). Devon: Willan Publishing.

Walklate, S. (2012). Gender and Crime. Critical Concept in Criminology. New York: Routledge.

Wesely, J. K. (2006). Considering the Context of Women's Violence: Gender, Lived Experiences and Cumulative Victimization. Feminist Criminology, I(4), 303-328. https://doi.org/10.1177/1557085106293074

Zaplin, R. T. (eds.) (2008). Female Offenders. Critical Perspectives and Effective Interventions (2nd. Ed.). Jones and Bartlett Publishers.

Notas de autor

* Assistant professor of Criminology, PhD criminal law and Organized crime, Professore aggregato di criminologia, Università degli studi di Bari Aldo Moro, Dipartimento di Giurisprudenza.

Información adicional

Cómo citar : Pasculli, M. A. (2022). Género y delito. Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, 22, e7530. https://doi.org/10.17561/rej.n22.7530

Secciones
Revista de Estudios Jurídicos
ISSN: 1576-124X

Num. 22
Año. 2022

Género y delito

Maria Antonella Pasculli
Università degli studi di Bari Aldo Moro,Italia
Contexto
Descargar
Todas