Reintegro de subvenciones: Derivacion subsidiaria de responsabilidad en los administradores sociales

Autores

  • Inmaculada Solar Beltrán

DOI:

https://doi.org/10.17561/rej.v0i15.3170

Resumo

El presente comentario hace una aproximación al supuesto de derivación de responsabilidad de los administradores sociales en los casos de reintegro de subvenciones públicas, prevista en el art. 40.3 de la 38/2003, Ley General de Subvenciones. Analizamos la situación a través de una reciente sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, que confirma la legalidad del acto administrativo que acuerda la derivación subsidiaria de responsabilidad en la administradora única de una mercantil que había cesado su actividad, al no haber llevado a cabo los actos necesarios para su cumplimento.

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Biografia do Autor

  • Inmaculada Solar Beltrán
    Abogada, Profesora Asociada, Área de Derecho Mercantil, Departamento de Derecho Público y Privado Especial, Facultad de Derecho de la Universidad de Málaga.

Publicado

2016-11-07

Edição

Seção

Comentarios de legislación y jurisprudencia

Como Citar

Solar Beltrán, I. (2016). Reintegro de subvenciones: Derivacion subsidiaria de responsabilidad en los administradores sociales. Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, 15. https://doi.org/10.17561/rej.v0i15.3170