Vigencia y necesidad de un defensor del pueblo para Castilla–La Mancha

Autores/as

  • Herminio del Rey Ruiz
  • María Luz Martínez Alarcón

Resumen

El 20 de diciembre de 2001 se creó, por Ley de las Cortes de Castilla-La Mancha, el Defensor del Pueblo autonómico, comisionado de ellas a los efectos de supervisar la actividad de la Administración, especialmente en lo que concierne a la defensa de las garantías de las libertades y derechos fundamentales. El 30 de diciembre de 2011 la institución fue suprimida, también en virtud de una Ley de dicho Parlamento. Con este trabajo lo que se pretende es mostrar cuán útil ha sido la existencia de esta magistratura para los castellano-manchegos, qué beneficios adicionales a la existencia de una figura similar a nivel estatal ha reportado, así como explicar el proceso que culminó con su desaparición y cuáles han sido, en opinión de los autores, las razones reales que llevaron a tomar la decisión de suprimirla.

Palabras clave: Supresión. Ombudsman. Castilla-La Mancha.

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Biografía del autor/a

Herminio del Rey Ruiz

Graduado en Gestión y Administración Pública, Funcionario del Cuerpo Ejecutivo de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha

María Luz Martínez Alarcón

Profesora Titular de Derecho Constitucional de la Universidad de Castilla La Mancha

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Publicado

2014-02-26

Cómo citar

del Rey Ruiz, H., & Martínez Alarcón, M. L. (2014). Vigencia y necesidad de un defensor del pueblo para Castilla–La Mancha. Revista Estudios Jurídicos. Segunda Época, (13). Recuperado a partir de https://revistaselectronicas.ujaen.es/index.php/rej/article/view/1323

Número

Sección

Artículos